D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230114-7)
Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 41.994,50 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de actuación “Recuperación del casco antiguo de Lozoyuela”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 12

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE ENERO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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CONVENIO de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, para la concesión directa de una
subvención en especie valorada en 41.994,50 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de
actuación “Recuperación del casco antiguo de Lozoyuela”.
REUNIDOS

De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a
las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, por la que se delega
el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
Y de otra, D. Francisco Díaz Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (Madrid), nombrado por el pleno en sesión ordinaria celebrada el 15 de junio de 2019, en cuyo nombre y representación actúa conforme a lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones concordantes.
Actúan las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad jurídica para obligarse y convenir,
así como para la formalización del presente Convenio y, en consecuencia

1. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 148.1 de la Constitución Española de 1978,
y el artículo 26.1.19 de la Ley Orgánica 3/1983, de 23 de febrero, de su Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la
Comunidad.
Que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid,
tiene competencias en la defensa, fomento, difusión e investigación del patrimonio urbano y
arquitectónico, así como en el tratamiento y rehabilitación de espacios urbanos y elementos
edificados degradados de interés singular, mediante la formulación de estudios, convenios, programas y proyectos de renovación y revitalización, la ejecución de obras y direcciones de las
mismas a través de los agentes implicados, de acuerdo con el Decreto 237/2021, de 17 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
2. Mediante Orden de 20 de noviembre de 2017, de la entonces Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para la
Recuperación Urbana Integrada de Cascos Antiguos y de Conjuntos Urbanos Homogéneos
con valor patrimonial para el período 2018-2021. El objetivo de este Plan era la recuperación y consolidación del patrimonio arquitectónico de los pequeños municipios de la Comunidad de Madrid (con una población menor a los 2.500 habitantes) y se enmarcaba dentro de las estrategias acordadas en la “Carta de Leipzig 2007 sobre Ciudades Europeas
Sostenibles” que recomendaba la consolidación de espacios públicos de alta calidad, la conservación del patrimonio arquitectónico y la mejora de la eficiencia energética, así como
prestar especial atención a las zonas menos favorecidas, todo ello en el contexto de una política integrada de desarrollo urbano.

BOCM-20230114-7

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