Bustarviejo (BOCM-20230113-34)
Urbanismo. Estudio detalle
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 11

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE ENERO DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BUSTARVIEJO

Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Estudio de Detalle, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 66 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad Autónoma de Madrid, y 140.6 del Reglamento
de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Decreto 2159/1978, de 23 de junio:
— Tipo de instrumento: Estudio de detalle.
— Ámbito: Parcelas Cr. Miraflores, número 7, y calle Peña Culebras, números 2 y 4,
de la antigua U. E. 09, Arroyo de los Barrancos.
— Instrumento que desarrolla: normas complementarias y subsidiarias vigentes, de
fecha de acuerdo 5 de octubre de 1976, y el desarrollo de la urbanización.
— Objeto: 65.c) del Real Decreto 2159/1978.
— Clasificación del suelo: Urbano.
— Calificación del suelo:
Parcelas CR Miraflores
• Ámbito: Ensanche Polígono 5.
• Ordenanza: RU 3.
• Condiciones de usos:
– Residencial Categoría 1 (Unifamiliar) (>= 90 por 100 polígono).
– Comercio y oficinas. Sólo en los centros previstos en los planes parciales.
• Equipamiento público 2/7/8. Cultural, de relación, deportivo.
Parcela calle Peña Culebras:
• Ámbito: Polígono 1.
• Ordenanza: MC2.
• Condiciones de usos:
– Residencial Categoría 1 (unifamiliar) y 2 (vivienda colectiva) (>= 75 por 100
polígono).
– Comercio y oficinas situación 1 (en edificios de viviendas) (>= 10 por 100 polígono).
– Equipamiento público 1/2/3/4/5/6/7 (>= 5% polígono). Administrativo, cultural, religioso, benéfico-sanitario, hotelero, espectáculos, de relación.
– Industria Categoría 1 (sin molestia para la vivienda), Situación 2.
– Industria. Prohibido.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Bustarviejo, a 29 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.
(02/47/23)

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