D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230113-11)
Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 41.998,50 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del Plan Integrado de Actuación “Recuperación y puesta en valor del espacio público de acceso al edificio de las antiguas escuelas y mejora de edificios municipales”
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 48

VIERNES 13 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 11

ANEXO I
Adenda de modificación del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre la Comunidad
de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el Ayuntamiento
de Villavieja del Lozoya, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado
«RECUPERACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL ESPACIO PÚBLICO DE ACCESO AL EDIFICIO
DE LAS ANTIGUAS ESCUELAS Y MEJORA DE EDIFICIOS MUNICIPALES», en el marco
del plan estratégico de subvenciones para la recuperación urbana integrada de cascos antiguo
y de conjuntos urbanos homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021
Según lo previsto en la cláusula novena del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado
«RECUPERACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL ESPACIO PÚBLICO DE ACCESO AL EDIFICIO DE
LAS ANTIGUAS ESCUELAS Y MEJORA DE EDIFICIOS MUNICIPALES», en el marco del plan estratégico de subvenciones para la recuperación urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos
urbanos homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021, éste puede ser modificado
mediante acuerdo unánime de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo expuesto, las partes reunidas acuerdan suscribir las siguientes:
CLÁUSULAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. – Modificar la cláusula quinta del Convenio, denominada “FINANCIACIÓN”, que queda
redactada como sigue:
«El importe de la Subvención asignada asciende a la cantidad de ciento sesenta y una mil novecientos noventa y cuatro euros y veinte céntimos (161.994,20 €), con el siguiente desglose:
CONVENIO DE REHABILITACIÓN PARA EJECUTAR PIA 30/07/2020
PIEPR (Presupuesto Inicial Estimado del Plan Revisado)

CONVENIO
CONCESIÓN DIRECTA
(Incremento 0,35%)

IMPORTE TOTAL
DESTINADO AL PLAN
INTEGRADO DE
ACTUACIÓN

70.570,08 €

24.699,53 €

95.269,61 €

7.841,12 €

2.744,39 €

10.585,51 €

Presupuesto de ejecución Material+ Reserva 10%

78.411,20 €

27.443,92 €

105.855,12 €

Gastos generales + Beneficio Industrial 19%

14.898,13 €

5.214,34 €

20.112,47 €

Otros gastos (Estudios, proyectos…Art. 7.1.a)

5.860,67 €

2.051,23 €

7.911,90 €

99.170,00 €

34.709,50 €

133.879,50 €

20.825,70 €

7.289,00 €

28.114,70 €

119.995,70 €

41.998,50 €

161.994,20 €

Presupuesto de ejecución Material
Reserva (excesos de medición s/ Art.
10%
242.4.i) de la LCSP)

Subtotal
IVA

21%

Total

El importe de la subvención se imputará a los subconceptos 61108 y 63105 del Programa 261A del
presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura con arreglo a las
siguientes anualidades:
x

2022: 161.994,20 euros».

«El plazo de vigencia del presente Convenio se extiende desde el día de su firma hasta el día 30
de julio de 2024.
El convenio podrá prorrogarse expresamente por períodos anuales, salvo que medie denuncia expresa realizada por alguna de las partes y formulada con tres meses de antelación con respecto a la
fecha de su finalización, sin que pueda excederse en todo caso del plazo máximo de vigencia señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

(03/25.468/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230113-11

SEGUNDA. - Modificar la cláusula undécima del Convenio, denominada “VIGENCIA, PRÓRROGA
Y DENUNCIA”, queda redactada como sigue: