D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230113-13)
Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Batres para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 37.829,63 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del Plan Integrado de Actuación “Recuperación urbana del entorno del Paseo Fuente del Chorro”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 11

VIERNES 13 DE ENERO DE 2023

Pág. 67

ANEXO I
Adenda de modificación del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local,
y el Ayuntamiento de Batres, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado
«RECUPERACIÓN URBANA DEL ENTORNO DEL PASEO DE LA FUENTE DEL CHORRO»,
en el marco del plan estratégico de subvenciones para la recuperación urbana integrada
de cascos antiguos y de conjuntos urbanos homogéneos con valor patrimonial
para el período 2018-2021
Según lo previsto en la cláusula novena del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el Ayuntamiento
de Batres, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado «RECUPERACIÓN URBANA DEL
ENTORNO DEL PASEO DE LA FUENTE DEL CHORRO», en el marco del plan estratégico de
subvenciones para la recuperación urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos
homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021, éste puede ser modificado mediante
acuerdo unánime de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo expuesto, las partes reunidas acuerdan suscribir las siguientes:
CLÁUSULAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. – Modificar la cláusula quinta del Convenio, denominada “FINANCIACIÓN”, que queda
redactada como sigue:
«El importe de la Subvención asignada asciende a la cantidad de ciento cuarenta y cinco mil
novecientos catorce euros y veintiocho céntimos (145.914,28 €), con el siguiente desglose:
CONVENIO DE REHABILITACIÓN PARA EJECUTAR PIA 30/07/2020
PIEPR (Presupuesto Inicial Estimado del Plan Revisado)

Presupuesto de ejecución Material

CONVENIO
CONCESIÓN DIRECTA
(Incremento 0,35%)

IMPORTE TOTAL
DESTINADO AL PLAN
INTEGRADO DE
ACTUACIÓN

63.240,00 €

22.134,00 €

85.374,00 €

6.324,00 €

2.213,40 €

8.537,40 €

Presupuesto de ejecución Material+ Reserva 10%

69.564,00 €

24.347,40 €

93.911,40 €

Gastos generales + Beneficio Industrial 19%

13.217,16 €

4.626,01 €

17.843,17 €

Otros gastos (Estudios, proyectos…Art. 7.1.a)

6.545,00 €

2.290,75 €

8.835,75 €

89.326,16 €

31.264,15 €

120.590,31 €

18.758,49 €

6.565,47 €

25.323,97 €

108.084,65 €

37.829,63 €

145.914,28 €

Reserva (excesos de medición s/ Art.
10%
242.4.i) de la LCSP)

Subtotal
IVA

21%

Total

El importe de la subvención se imputará al subconcepto 61108 del Programa 261A del presupuesto
de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura con arreglo a las siguientes
anualidades:
x

2022: 145.914,28 euros».

SEGUNDA. - Modificar la cláusula undécima del Convenio, denominada “VIGENCIA, PRÓRROGA
Y DENUNCIA”, queda redactada como sigue:

El convenio podrá prorrogarse expresamente por períodos anuales, salvo que medie denuncia
expresa realizada por alguna de las partes y formulada con tres meses de antelación con respecto
a la fecha de su finalización, sin que pueda excederse en todo caso del plazo máximo de vigencia
señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector
Público.

(03/25.480/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230113-13

«El plazo de vigencia del presente Convenio se extiende desde el día de su firma hasta el día 30 de
julio de 2024.