Villamanta (BOCM-20230111-64)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE ENERO DE 2023
Pág. 489
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
VILLAMANTA
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto de Alcaldía número 572/2022, de 29 de diciembre de 2022, se aprueban las
bases reguladoras del procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal del
personal laboral temporal de la Disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, para cubrir las plazas del personal laboral de este Ayuntamiento de Villamanta,
mediante el sistema de concurso, por lo que se abre el plazo de presentación de solicitudes,
que será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
«BASES GENERALES QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO
DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL
DE ESTE AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA
Es objeto de las presentes bases la regulación de los aspectos generales y comunes para
la convocatoria y proceso de selección por parte de este Ayuntamiento de Villamanta de personal laboral fijo, mediante procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral temporal de la Disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo extraordinaria, aprobada por resolución de la Alcaldía número 238/2022, de 27 de mayo de 2022, y
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de
mayo de 2022, todo ello de conformidad con lo dispuesto los artículos 55 y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en estas bases generales y en lo
no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia
de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Las características de las plazas estructurales vacantes son:
— Denominación de la plaza: Agente de Empleo y Desarrollo Local.
— Régimen: personal laboral.
— Unidad/Área/Escala/Subescala: Administración General.
— Titulación exigible: Diplomatura en Relaciones Laborales y RR. HH. o Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Diplomatura en Trabajo Social, Empresariales, Magisterio o Turismo o Licenciatura en Economía, Administración y Dirección de
Empresas, Geografía, Derecho o Psicología.
— Número de vacantes: 1.
BOCM-20230111-64
1. Objeto de la convocatoria y normas generales
B.O.C.M. Núm. 9
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE ENERO DE 2023
Pág. 489
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
VILLAMANTA
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto de Alcaldía número 572/2022, de 29 de diciembre de 2022, se aprueban las
bases reguladoras del procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal del
personal laboral temporal de la Disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, para cubrir las plazas del personal laboral de este Ayuntamiento de Villamanta,
mediante el sistema de concurso, por lo que se abre el plazo de presentación de solicitudes,
que será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
«BASES GENERALES QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO
DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL
DE ESTE AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA
Es objeto de las presentes bases la regulación de los aspectos generales y comunes para
la convocatoria y proceso de selección por parte de este Ayuntamiento de Villamanta de personal laboral fijo, mediante procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral temporal de la Disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo extraordinaria, aprobada por resolución de la Alcaldía número 238/2022, de 27 de mayo de 2022, y
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de
mayo de 2022, todo ello de conformidad con lo dispuesto los artículos 55 y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en estas bases generales y en lo
no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia
de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Las características de las plazas estructurales vacantes son:
— Denominación de la plaza: Agente de Empleo y Desarrollo Local.
— Régimen: personal laboral.
— Unidad/Área/Escala/Subescala: Administración General.
— Titulación exigible: Diplomatura en Relaciones Laborales y RR. HH. o Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Diplomatura en Trabajo Social, Empresariales, Magisterio o Turismo o Licenciatura en Economía, Administración y Dirección de
Empresas, Geografía, Derecho o Psicología.
— Número de vacantes: 1.
BOCM-20230111-64
1. Objeto de la convocatoria y normas generales