B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230111-3)
Convocatoria curso – Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convocan cursos selectivos de acceso y ascenso a las diferentes categorías de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE ENERO DE 2023
Pág. 19
de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid).
— III Curso selectivo de formación para el acceso a la categoría de Inspector.
— XV Curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de Comisario (anterior Intendente, Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el
Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de
la Comunidad de Madrid).
— XVI Curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de Inspector.
2. Estos cursos serán impartidos por el Instituto de Formación Integral en Seguridad
y Emergencias, ubicado en el kilómetro 13,600 de la M-607 (carretera de Madrid a Colmenar Viejo), con fecha de comienzo a partir del 20 de enero de 2023, si bien el día de inicio
del mismo se comunicará a los Ayuntamientos que hayan presentado solicitud y cumplan
con los requisitos requeridos, mediante Resolución de la Dirección General de Seguridad,
Protección Civil y Formación.
Segundo
Documentación a aportar
— Relación de aspirantes del proceso selectivo sobre los que se solicita inscripción
en el curso, en archivo Excel según plantilla proporcionada.
— Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, u órgano competente
del mismo, en la que se relacionen los aspirantes que han sido nombrados como
funcionarios en prácticas y que deban realizar el correspondiente curso selectivo.
Tercero
1. Las solicitudes se presentarán por los Ayuntamientos interesados que cuenten con
aspirantes que hayan superado la correspondiente fase previa de oposición, y que deberán,
por consiguiente, incorporarse como alumnos en los cursos convocados. Cada Ayuntamiento realizará la solicitud de inscripción de los aspirantes, y aportará la documentación
relacionada en el apartado segundo de esta convocatoria, cumplimentando los modelos disponibles en la ficha de este procedimiento en el Registro Electrónico.
2. Al ser los ayuntamientos solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, las notificaciones se realizarán a
través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto
legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
3. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, a través del Registro Electrónico de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, al que se podrá acceder a través de la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general ,
entrando al procedimiento de inscripción, y rellenando el formulario de este proceso de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo.
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
5. El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación acreditativa
del apartado segundo comenzará el día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución y finalizará el 16 de enero de 2023, ambas fechas inclusive.
6. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren
BOCM-20230111-3
Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma
B.O.C.M. Núm. 9
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de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid).
— III Curso selectivo de formación para el acceso a la categoría de Inspector.
— XV Curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de Comisario (anterior Intendente, Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el
Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de
la Comunidad de Madrid).
— XVI Curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de Inspector.
2. Estos cursos serán impartidos por el Instituto de Formación Integral en Seguridad
y Emergencias, ubicado en el kilómetro 13,600 de la M-607 (carretera de Madrid a Colmenar Viejo), con fecha de comienzo a partir del 20 de enero de 2023, si bien el día de inicio
del mismo se comunicará a los Ayuntamientos que hayan presentado solicitud y cumplan
con los requisitos requeridos, mediante Resolución de la Dirección General de Seguridad,
Protección Civil y Formación.
Segundo
Documentación a aportar
— Relación de aspirantes del proceso selectivo sobre los que se solicita inscripción
en el curso, en archivo Excel según plantilla proporcionada.
— Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, u órgano competente
del mismo, en la que se relacionen los aspirantes que han sido nombrados como
funcionarios en prácticas y que deban realizar el correspondiente curso selectivo.
Tercero
1. Las solicitudes se presentarán por los Ayuntamientos interesados que cuenten con
aspirantes que hayan superado la correspondiente fase previa de oposición, y que deberán,
por consiguiente, incorporarse como alumnos en los cursos convocados. Cada Ayuntamiento realizará la solicitud de inscripción de los aspirantes, y aportará la documentación
relacionada en el apartado segundo de esta convocatoria, cumplimentando los modelos disponibles en la ficha de este procedimiento en el Registro Electrónico.
2. Al ser los ayuntamientos solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, las notificaciones se realizarán a
través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto
legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
3. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, a través del Registro Electrónico de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, al que se podrá acceder a través de la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general ,
entrando al procedimiento de inscripción, y rellenando el formulario de este proceso de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo.
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
5. El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación acreditativa
del apartado segundo comenzará el día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución y finalizará el 16 de enero de 2023, ambas fechas inclusive.
6. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren
BOCM-20230111-3
Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma