Torrejón de Velasco (BOCM-20230110-58)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 8
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
Pág. 275
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
TORREJÓN DE VELASCO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de modificación presupuestaria número 9/2022, modalidad transferencia de créditos entre distintas áreas de gasto.
Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 21
de noviembre de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos en la modalidad de transferencia de créditos entre distintas áreas de gasto y en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha
quedado automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo plenario, que se hace público
resumido por capítulos:
CAPÍTULO
GASTOS
CRÉDITO ANTERIOR
ALTAS
1
1.611.198,83
25.000,00
2
1.942.160,21
60.000,00
3
158.500,00
158.500,00
4
128.784,75
128.784,75
5
48.000,00
6
2.185.506,01
7
0,00
8
0,00
0,00
9
737.096,06
737.096,06
TOTAL
6.811.245,86
BAJAS
CRÉDITO FINAL
1.636.198,83
25.000,00
1.977.160,21
48.000,00
60.000,00
2.125.506,01
0,00
85.000,00
85.000,00
6.811.245,86
BOCM-20230110-58
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
En Torrejón de Velasco, a 28 de diciembre de 2022.—El alcalde, Esteban Bravo Fernández.
(03/25.630/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 8
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
Pág. 275
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
TORREJÓN DE VELASCO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de modificación presupuestaria número 9/2022, modalidad transferencia de créditos entre distintas áreas de gasto.
Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 21
de noviembre de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos en la modalidad de transferencia de créditos entre distintas áreas de gasto y en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha
quedado automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo plenario, que se hace público
resumido por capítulos:
CAPÍTULO
GASTOS
CRÉDITO ANTERIOR
ALTAS
1
1.611.198,83
25.000,00
2
1.942.160,21
60.000,00
3
158.500,00
158.500,00
4
128.784,75
128.784,75
5
48.000,00
6
2.185.506,01
7
0,00
8
0,00
0,00
9
737.096,06
737.096,06
TOTAL
6.811.245,86
BAJAS
CRÉDITO FINAL
1.636.198,83
25.000,00
1.977.160,21
48.000,00
60.000,00
2.125.506,01
0,00
85.000,00
85.000,00
6.811.245,86
BOCM-20230110-58
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
En Torrejón de Velasco, a 28 de diciembre de 2022.—El alcalde, Esteban Bravo Fernández.
(03/25.630/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791