D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230110-17)
Convenio – Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 40.233,94 euros, destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de actuación “Ámbito de Correos”
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 8
ANEXO I
Adenda de modificación del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el
Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, para ejecutar el plan integrado de actuación
denominado «ÁMBITO DE CORREOS», en el marco del plan estratégico de subvenciones
para la recuperación urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos
homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021
Según lo previsto en la cláusula novena del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el
Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado
«ÁMBITO DE CORREOS», en el marco del plan estratégico de subvenciones para la recuperación
urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos homogéneos con valor patrimonial
para el período 2018-2021, éste puede ser modificado mediante acuerdo unánime de las partes,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo expuesto, las partes reunidas acuerdan suscribir las siguientes:
CLÁUSULAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. – Modificar la cláusula quinta del Convenio, denominada “FINANCIACIÓN”, que
queda redactada como sigue:
«El importe de la Subvención asignada asciende a la cantidad de ciento cincuenta y cinco mil
ciento ochenta y ocho euros y seis céntimos (155.188,06 €), con el siguiente desglose:
CONVENIO DE REHABILITACIÓN PARA EJECUTAR PIA 30/07/2020
PIEPR (Presupuesto Inicial Estimado del Plan Revisado)
CONVENIO
CONCESIÓN DIRECTA
(Incremento 0,35%)
IMPORTE TOTAL
DESTINADO AL PLAN
INTEGRADO DE
ACTUACIÓN
66.016,37 €
23.105,73 €
89.122,10 €
7.335,15 €
2.567,30 €
9.902,45 €
Presupuesto de ejecución Material+ Reserva 10%
73.351,52 €
25.673,03 €
99.024,55 €
Gastos generales + Beneficio Industrial 19%
13.936,79 €
4.877,88 €
18.814,66 €
Otros gastos (Estudios, proyectos…Art. 7.1.a)
7.715,10 €
2.700,29 €
10.415,39 €
95.003,41 €
33.251,19 €
128.254,60 €
19.950,72 €
6.982,75 €
26.933,47 €
114.954,12 €
40.233,94 €
155.188,06 €
Presupuesto de ejecución Material
Reserva (excesos de medición s/ Art.
10%
242.4.i) de la LCSP)
Subtotal
IVA
21%
Total
El importe de la subvención se imputará a los subconceptos 61108 y 63105 del Programa 261A
del presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura con arreglo
a las siguientes anualidades:
x
2022: 155.188,06 euros».
«El plazo de vigencia del presente Convenio se extiende desde el día de su firma hasta el día
30 de julio de 2024.
El convenio podrá prorrogarse expresamente por períodos anuales, salvo que medie denuncia
expresa realizada por alguna de las partes y formulada con tres meses de antelación con respecto a la
fecha de su finalización, sin que pueda excederse en todo caso del plazo máximo de vigencia
señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector
Público.
(03/25.208/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230110-17
SEGUNDA. - Modificar la cláusula undécima del Convenio, denominada “VIGENCIA,
PRÓRROGA Y DENUNCIA”, queda redactada como sigue:
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 8
ANEXO I
Adenda de modificación del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020 entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el
Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, para ejecutar el plan integrado de actuación
denominado «ÁMBITO DE CORREOS», en el marco del plan estratégico de subvenciones
para la recuperación urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos
homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021
Según lo previsto en la cláusula novena del convenio de colaboración de 30 de julio de 2020
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y el
Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, para ejecutar el plan integrado de actuación denominado
«ÁMBITO DE CORREOS», en el marco del plan estratégico de subvenciones para la recuperación
urbana integrada de cascos antiguos y de conjuntos urbanos homogéneos con valor patrimonial
para el período 2018-2021, éste puede ser modificado mediante acuerdo unánime de las partes,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo expuesto, las partes reunidas acuerdan suscribir las siguientes:
CLÁUSULAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. – Modificar la cláusula quinta del Convenio, denominada “FINANCIACIÓN”, que
queda redactada como sigue:
«El importe de la Subvención asignada asciende a la cantidad de ciento cincuenta y cinco mil
ciento ochenta y ocho euros y seis céntimos (155.188,06 €), con el siguiente desglose:
CONVENIO DE REHABILITACIÓN PARA EJECUTAR PIA 30/07/2020
PIEPR (Presupuesto Inicial Estimado del Plan Revisado)
CONVENIO
CONCESIÓN DIRECTA
(Incremento 0,35%)
IMPORTE TOTAL
DESTINADO AL PLAN
INTEGRADO DE
ACTUACIÓN
66.016,37 €
23.105,73 €
89.122,10 €
7.335,15 €
2.567,30 €
9.902,45 €
Presupuesto de ejecución Material+ Reserva 10%
73.351,52 €
25.673,03 €
99.024,55 €
Gastos generales + Beneficio Industrial 19%
13.936,79 €
4.877,88 €
18.814,66 €
Otros gastos (Estudios, proyectos…Art. 7.1.a)
7.715,10 €
2.700,29 €
10.415,39 €
95.003,41 €
33.251,19 €
128.254,60 €
19.950,72 €
6.982,75 €
26.933,47 €
114.954,12 €
40.233,94 €
155.188,06 €
Presupuesto de ejecución Material
Reserva (excesos de medición s/ Art.
10%
242.4.i) de la LCSP)
Subtotal
IVA
21%
Total
El importe de la subvención se imputará a los subconceptos 61108 y 63105 del Programa 261A
del presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura con arreglo
a las siguientes anualidades:
x
2022: 155.188,06 euros».
«El plazo de vigencia del presente Convenio se extiende desde el día de su firma hasta el día
30 de julio de 2024.
El convenio podrá prorrogarse expresamente por períodos anuales, salvo que medie denuncia
expresa realizada por alguna de las partes y formulada con tres meses de antelación con respecto a la
fecha de su finalización, sin que pueda excederse en todo caso del plazo máximo de vigencia
señalado por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector
Público.
(03/25.208/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230110-17
SEGUNDA. - Modificar la cláusula undécima del Convenio, denominada “VIGENCIA,
PRÓRROGA Y DENUNCIA”, queda redactada como sigue: