C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230109-23)
Selección institutos bilingües –  Orden 3886/2022, de 20 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, de selección de institutos públicos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en el curso 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE ENERO DE 2023

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b) Profesorado: Hasta 25 puntos:
— Número de profesores con destino definitivo en el centro con la especialidad
Inglés, con o sin acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado,
así como de profesores que cuenten con la correspondiente habilitación lingüística para desempeñar puestos bilingües y que hayan adquirido el compromiso de participar en el programa.
— Propuesta de un candidato para su nombramiento como Profesor Coordinador
o Coordinador Jefe del Programa Bilingüe, según proceda, de acuerdo con lo
establecido en la Orden 972/2017, de 7 de abril.
c) Nivel de inglés de los miembros del equipo directivo: Hasta 10 puntos.
d) Grado de apoyo del Claustro y del Consejo Escolar: Hasta 25 puntos.
e) Valoración del proyecto bilingüe. Se tendrá en cuenta la viabilidad del proyecto y
la organización de las enseñanzas bilingües en el centro de acuerdo con la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de
Madrid. Asimismo, se valorará la experiencia educativa del centro, las características lingüísticas de la plantilla del profesorado (ser especialista de Inglés, estar
acreditado para impartir el currículo de Inglés Avanzado, o estar en posesión de la
habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües), el compromiso
individual del equipo directivo, los recursos disponibles, y el uso que establezca
el equipo directivo del criterio complementario para la admisión de alumnos, con
el fin de garantizar la viabilidad y el éxito del proyecto: Hasta 25 puntos.
2. Cuando para dar continuidad a las enseñanzas bilingües recibidas por parte de los
alumnos que promocionan de Educación Primaria, se considere necesaria la implantación
del Programa Bilingüe en un determinado instituto de Educación Secundaria que haya participado en la convocatoria, la Comisión de selección podrá proponer la implantación del
Programa Bilingüe en dicho centro con carácter preferente, previo informe favorable de la
Subdirección General de Inspección Educativa.
Quinto
a) La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades llevará a cabo la
selección de centros mediante la creación de una Comisión de selección con la siguiente composición:
— Presidente: Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades.
— Miembros:
d Viceconsejera de Política Educativa.
d Viceconsejero de Organización Educativa.
d Directora General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
d Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial.
d Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial.
d Director General de Recursos Humanos.
d Directores de Área Territorial.
La Comisión, que podrá recabar de la Subdirección General de Inspección Educativa los informes oportunos sobre los centros solicitantes, valorará las solicitudes
presentadas y las baremará de conformidad con los criterios de selección recogidos en la convocatoria.
La Comisión formulará propuesta de resolución de la convocatoria, que se elevará
al Vicepresidente, Consejero de Educación, y Universidades, que resolverá mediante orden. Dicha orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses, a partir del día en
que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.
Contra dicha orden de resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el titular de la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación de

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Comisión de selección