Boadilla del Monte (BOCM-20230109-68)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 7
LUNES 9 DE ENERO DE 2023
Pág. 583
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
NÚM.
NOMBRE
DNI
PUNTUACIÓN TOTAL
CONCURSO
1
ALTARES ALVAREZ, GEMA
***9172**
30
2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 12.a de las específicas que
rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de la documentación exigida a efectos de la oportuna contratación como personal laboral fijo.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
BOCM-20230109-68
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras
número 5981/2022, de 23 de diciembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la
cobertura, por el turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso
de méritos, de una plaza de personal laboral de secretaria, encuadrada en la Categoría L4 de
Clasificación Profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de la persona
que a continuación se relaciona:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 7
LUNES 9 DE ENERO DE 2023
Pág. 583
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
NÚM.
NOMBRE
DNI
PUNTUACIÓN TOTAL
CONCURSO
1
ALTARES ALVAREZ, GEMA
***9172**
30
2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 12.a de las específicas que
rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de la documentación exigida a efectos de la oportuna contratación como personal laboral fijo.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
BOCM-20230109-68
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras
número 5981/2022, de 23 de diciembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la
cobertura, por el turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso
de méritos, de una plaza de personal laboral de secretaria, encuadrada en la Categoría L4 de
Clasificación Profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de la persona
que a continuación se relaciona: