D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230109-34)
Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 41.803,14 euros, destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de actuación “Adecuación y adaptación de la calle Real de Cabanillas de la Sierra”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 7

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
34

CONVENIO de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a
través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, para la concesión directa de una subvención
en especie valorada en 41.803,14 euros, destinada a financiar el incremento de los
costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de actuación “Adecuación y adaptación de la calle Real de Cabanillas de la Sierra”.
REUNIDOS

De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30
de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra
el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las
mesas de contratación de la Consejería.
Y de otra, D. Jaime García San Martín, Alcalde del Ayuntamiento de Cabanillas de
la Sierra (Madrid), nombrado por el pleno en sesión ordinaria celebrada el 15 de junio
de 2019, en cuyo nombre y representación actúa conforme a lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones concordantes.
Actúan las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad jurídica para obligarse y convenir,
así como para la formalización del presente convenio y, en consecuencia

1. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 148.1 de La Constitución española
de 1978, y el artículo 26.1.19 de la Ley Orgánica 3/1983, de 23 de febrero, de su Estatuto
de Autonomía, la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de Patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés
para la Comunidad.
Que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid tiene competencias en la defensa, fomento, difusión e investigación del patrimonio
urbano y arquitectónico, así como en el tratamiento y rehabilitación de espacios urbanos y
elementos edificados degradados de interés singular, mediante la formulación de estudios,
convenios, programas y proyectos de renovación y revitalización, la ejecución de obras
y direcciones de las mismas a través de los agentes implicados, de acuerdo con el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
2. Mediante Orden de 20 de noviembre de 2017, de la entonces Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para la
Recuperación Urbana Integrada de Cascos Antiguos y de Conjuntos Urbanos Homogéneos
con valor patrimonial para el período 2018-2021. El objetivo de este Plan era la recuperación y consolidación del patrimonio arquitectónico de los pequeños municipios de la Comunidad de Madrid (con una población menor a los 2.500 habitantes) y se enmarcaba dentro de las estrategias acordadas en la “Carta de Leipzig 2007 sobre Ciudades Europeas
Sostenibles” que recomendaba la consolidación de espacios públicos de alta calidad, la conservación del patrimonio arquitectónico y la mejora de la eficiencia energética, así como
prestar especial atención a las zonas menos favorecidas, todo ello en el contexto de una política integrada de desarrollo urbano.

BOCM-20230109-34

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