D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20230106-11)
Convenio –  Publicación de 5 de diciembre de 2022, de segunda adenda al Contrato-Programa entre el CRTM y Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Modificación de demanda prevista 2022
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BOCM
Pág. 130

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 5

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
11

PUBLICACIÓN de 5 de diciembre de 2022, de segunda adenda al Contrato-Programa entre el CRTM y Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Modificación
de demanda prevista 2022.
En Madrid, a 5 de diciembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, D. David Pérez García, en su condición de Presidente del Consejo de
Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en
adelante, CRTM), cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid de 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2021), actuando para la firma de este convenio en el
ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo,
de Creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Silvia Roldán Fernández, con domicilio a efectos de este documento
en Madrid, Avenida de Asturias, número 4 (28029 Madrid), en nombre y representación de
la empresa Metro de Madrid, S. A. (en adelante, Metro) inscrita en el Registro Mercantil de
la provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número
A-28001352, y con domicilio social en Madrid, Avenida de Asturias, número 4, en su calidad
de Consejera-Delegada de la misma, cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo de Administración de 11 de octubre de 2019.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para
el otorgamiento del presente documento del presente documento y, a tal efecto,

Con fecha de 8 de octubre de 2020 se firma el Contrato-Programa plurianual 2021-2024
entre el CRTM y Metro, en el que se recogen los términos que regulan las relaciones recíprocas entre ambas entidades, cuya vigencia se extiende al período comprendido entre el 1 de
enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024 (cuatro años), disponiendo de una posibilidad de
prórroga de otros cuatro años.
En la cláusula “1.2. Planteamiento” se indica que, a lo largo del año 2021, al objeto de
complementar las condiciones económicas del Contrato-Programa con las relativas a los
ejercicios 2022 a 2024, las partes firmantes analizarán y ajustarán las citadas variables (demanda prevista y tarifa/viajero) para el resto de los años de vigencia del Contrato-Programa, quedando reflejadas estas a través de una adenda al mismo.
En su cláusula “5. Régimen Económico” se recogen las condiciones económicas para
el año 2021, que se traducen en una aportación del CRTM a Metro derivada del establecimiento de una demanda prevista y una tarifa/viajero, en euros, a aplicar a la misma. Asimismo, se garantiza un importe mínimo y máximo de aportación económica que se mueve
en una horquilla de ± 3 por 100 de volumen de viajeros reales sobre la demanda estimada.
Como consecuencia de lo manifestado, a 30 de diciembre de 2021 se firmó por las partes la adenda al Contrato Programa vigente entre el CRTM y Metro, en donde quedó recogido el contenido económico para el ejercicio 2022 que es requerido para que se mantenga la
vigencia del Contrato-Programa, siendo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022.
En la estipulación primera letra c) Aportación económica del CRTM a Metro de la adenda
citada, se indica que, una vez transcurrido el primer semestre de 2022, si la demanda acumula-

BOCM-20230106-11

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