Mancomunidad de Servicios Sociales THAM (BOCM-20230105-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023

Pág. 361

4.1. El sistema de selección será de concurso de méritos, de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora. Constará de una única fase:
a) Fase de concurso, que representará el total de la puntuación que pueda obtenerse
en el proceso selectivo.
4.2. Fase de concurso (100 puntos):
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes.
Los méritos que se aleguen en la fase de concurso se valorarán con relación a la fecha
de finalización del plazo de solicitudes de participación en el proceso selectivo.
En la valoración de la fase de concurso podrá recabarse de los interesados las aclaraciones o en su caso la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
La Mancomunidad incorporará de oficio aquellos méritos de los que tenga conocimiento que no hubieran sido alegados por los participantes, pero se conozcan por los antecedentes obrantes en dependencias municipales.
El Tribunal otorgará la puntuación correspondiente a los méritos alegados y acreditados por los aspirantes y se valorará conforme a los siguientes criterios:
4.2.1. Experiencia profesional (máximo 70 puntos):
— Servicios prestados en la Mancomunidad THAM con la categoría y funciones de técnico/a de Prevención, a razón de los siguientes puntos por año
trabajado: 3 puntos por año, hasta un máximo de 33 puntos.
— Servicios prestados en el conjunto de las Administraciones Públicas con la
categoría y funciones de técnico/a de Prevención, a razón de los siguientes puntos por año trabajado: 3 puntos por año, hasta un máximo de 37
puntos.
Ningún período de tiempo podrá ser objeto de valoración más de una vez. Los
períodos o días coincidentes en el tiempo serán excluyentes entre sí, por lo que
será valorado en cada caso el más favorable para el concursante.
4.2.2. Formación (máximo 30 puntos):
Se valorará la participación en másteres, cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas directamente con las funciones propias de
la plaza, convocadas por las Administraciones Públicas, Universidades o por
promotores incluidos en los acuerdos nacionales de formación continua, hasta
un máximo de 30 puntos, según la siguiente escala:
a) Cursos de 400 o más horas: 4 puntos por curso, con un máximo de 4 puntos.
b) Curso desde 200 a 399 horas: 2,5 puntos por curso, con un máximo de 5
puntos.
c) Curso desde 100 a 199 horas: 2,5 puntos por curso, con un máximo de 5
puntos.
d) Curso desde 50 a 99 horas: 2 puntos por curso, con un máximo de 4 puntos.
e) Curso desde 20 a 49 horas: 1 punto por curso, con un máximo de 6 puntos.
f) Menos de 20 horas: 0,50 puntos por curso, hasta un máximo de 6 puntos.
Cuando se supere el número máximo de puntos en uno de los tramos, puede
computarse cada curso en el tramo inmediatamente inferior de puntuación,
como una unidad de curso, sin superar nuevamente la puntuación máxima de
ese tramo. En ningún modo puede desagregarse la dotación de un curso para
computar más de una vez.
4.3. Forma de acreditación de los méritos:
a) Los servicios prestados se acreditarán mediante copia compulsada de la resolución del nombramiento o contrato, certificado de vida laboral y aportando así mismo certificado del órgano competente de la Administración donde estuviera prestando o hubiera prestado los servicios, en el que se señale la fecha de toma de
posesión y la fecha de cese. Si a la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias se estuviera prestando servicios, el cómputo del tiempo prestado se entenderá a esta fecha.

BOCM-20230105-79

Cuarta. Sistemas de selección