D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230105-53)
Convenio – Adenda de 23 de noviembre de 2022, al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf
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BOCM
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 4
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
53
ADENDA de 23 de noviembre de 2022, al convenio entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de
la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.
En Madrid, a 23 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, doña Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid) nombrada mediante
Decreto 51/2021 de 19 de junio y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021 de 13 de
octubre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención, en concreto el artículo 9 de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De una parte, don Íñigo Garamendi actuando en representación de la Asociación de
Campos de Golf de Madrid con CIF G-87133906 y domicilio en la carretera de Algete a
Alapardo, kilometro 2,3, Valdeolmos 28130 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con el acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf
de Madrid con fecha 9 de diciembre de 2021.
Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen, en la representación
que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda y a tal efecto
I. Que se suscribió Convenio en fecha 29 de marzo de 2022 entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación de Campos de Golf de Madrid con el fin de promocionar la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf por importe total de 453.689,50 euros (IVA incluido) y el siguiente desglose por anualidades (2022: 169.097,50 euros; 2023 284.592 euros),
estando prevista la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2023.
II. Que de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del convenio se creó una
Comisión de seguimiento del mismo que podrá modificar las acciones previstas por otras
nuevas que sean de mayor interés para alcanzar el objeto de promoción del convenio.
III. Que en su reunión de 22 de abril de 2022 la Comisión de Seguimiento valoró y
aprobó la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Campos de Golf de
Madrid en cuanto a las acciones recogidas en el anexo I del Convenio para el ejercicio 2022,
sin que las mismas suponga una alteración de la cuantía total del convenio ni de las anualidades establecidas.
IV. Que la estipulación séptima del convenio establece que, en cualquier momento
anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo
expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda
al convenio de fecha 29 de marzo de 2022 en los términos que se recogen en las siguientes
BOCM-20230105-53
EXPONEN
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JUEVES 5 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 4
I. COMUNIDAD DE MADRID
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ADENDA de 23 de noviembre de 2022, al convenio entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de
la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.
En Madrid, a 23 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, doña Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid) nombrada mediante
Decreto 51/2021 de 19 de junio y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021 de 13 de
octubre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención, en concreto el artículo 9 de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De una parte, don Íñigo Garamendi actuando en representación de la Asociación de
Campos de Golf de Madrid con CIF G-87133906 y domicilio en la carretera de Algete a
Alapardo, kilometro 2,3, Valdeolmos 28130 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con el acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf
de Madrid con fecha 9 de diciembre de 2021.
Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen, en la representación
que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda y a tal efecto
I. Que se suscribió Convenio en fecha 29 de marzo de 2022 entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación de Campos de Golf de Madrid con el fin de promocionar la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf por importe total de 453.689,50 euros (IVA incluido) y el siguiente desglose por anualidades (2022: 169.097,50 euros; 2023 284.592 euros),
estando prevista la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2023.
II. Que de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del convenio se creó una
Comisión de seguimiento del mismo que podrá modificar las acciones previstas por otras
nuevas que sean de mayor interés para alcanzar el objeto de promoción del convenio.
III. Que en su reunión de 22 de abril de 2022 la Comisión de Seguimiento valoró y
aprobó la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Campos de Golf de
Madrid en cuanto a las acciones recogidas en el anexo I del Convenio para el ejercicio 2022,
sin que las mismas suponga una alteración de la cuantía total del convenio ni de las anualidades establecidas.
IV. Que la estipulación séptima del convenio establece que, en cualquier momento
anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo
expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda
al convenio de fecha 29 de marzo de 2022 en los términos que se recogen en las siguientes
BOCM-20230105-53
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