Parla (BOCM-20230102-62)
Urbanismo. Proyecto urbanización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 492
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
PARLA
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el
día 25 de noviembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—La estimación parcial de las alegaciones formuladas por SAREB, en cuanto a su notificación individual que le permita ejercer cuantas acciones considere; así como
la desestimación en lo referente a la determinación de las obligaciones económicas, que en
todo caso deben considerarse provisionales.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la ZA1 del PAU
del Plan General de Ordenación de Parla, con las siguientes consideraciones:
— En cuanto a las afecciones a la Red de Carreteras del Estado en su afección a la A42:
a) Deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles desde la aprobación de la
ZA1 el Proyecto de Trazado 1 (Parla Centro-M50) en los términos previstos
en el Informe de Demarcación de carreteras de 17.10.22 ante ese Organismo.
b) Deberá presentarse en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde la aprobación de la ZA1, el proyecto total de Reordenación de Accesos del proyecto a la A42 que incluirá como parte del mismo el Proyecto de Trazado 1.
Tercero.—El inicio efectivo de las obras, quedará condicionado a la obtención de las
necesarias conformidades técnicas de las compañías suministradoras, si bien podrá ejecutarse el movimiento de tierras, previo a las obras de urbanización.
Cuarto.—En cuanto a las afecciones con el Convenio de Gestión:
a) Se procederá en el plazo de un mes a contar desde la aprobación definitiva de la ZA1
a protocolizar un documento a presentar ante el Ayuntamiento de adaptación de
funcionamiento de la ZA1 a lo previsto en el Convenio;
b) En los términos del Protocolo suscrito entre la ZA1 y la Junta Matriz, esta deberá
proceder en los plazos indicados a girar las derramas internas y externas que sean
procedentes para el inicio de las obras de urbanización y para quede garantizada
ante el Ayuntamiento la viabilidad económica de la presente Unidad Funcional en
los términos indicados en el Convenio.
c) También la Junta de Compensación deberá presentar la garantía económica del
proyecto previsto en la legislación vigente que se le requiera por el Ayuntamiento en el momento oportuno.
d) Deberá quedar constituida en el plazo de quince días desde la aprobación definitiva de la ZA1, las Comisiones a que se refiere la Estipulación Novena del Convenio de Gestión, para que antes del inicio de las obras de urbanización se haya presentado un Documento refundido del proyecto de urbanización con todas las
consideraciones establecidas en este acuerdo, así como los requerimientos municipales que se pudieran hacer en el seno de la Comisión Técnica.
Quinto.—Publicar el presente Acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 141.4 del
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana.
Parla, a 16 de febrero de 2022.—El concejal-delegado del Área de Urbanismo, Bruno
Garrido Pascual.
(02/24.609/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230102-62
URBANISMO
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B.O.C.M. Núm. 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
PARLA
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el
día 25 de noviembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—La estimación parcial de las alegaciones formuladas por SAREB, en cuanto a su notificación individual que le permita ejercer cuantas acciones considere; así como
la desestimación en lo referente a la determinación de las obligaciones económicas, que en
todo caso deben considerarse provisionales.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la ZA1 del PAU
del Plan General de Ordenación de Parla, con las siguientes consideraciones:
— En cuanto a las afecciones a la Red de Carreteras del Estado en su afección a la A42:
a) Deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles desde la aprobación de la
ZA1 el Proyecto de Trazado 1 (Parla Centro-M50) en los términos previstos
en el Informe de Demarcación de carreteras de 17.10.22 ante ese Organismo.
b) Deberá presentarse en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde la aprobación de la ZA1, el proyecto total de Reordenación de Accesos del proyecto a la A42 que incluirá como parte del mismo el Proyecto de Trazado 1.
Tercero.—El inicio efectivo de las obras, quedará condicionado a la obtención de las
necesarias conformidades técnicas de las compañías suministradoras, si bien podrá ejecutarse el movimiento de tierras, previo a las obras de urbanización.
Cuarto.—En cuanto a las afecciones con el Convenio de Gestión:
a) Se procederá en el plazo de un mes a contar desde la aprobación definitiva de la ZA1
a protocolizar un documento a presentar ante el Ayuntamiento de adaptación de
funcionamiento de la ZA1 a lo previsto en el Convenio;
b) En los términos del Protocolo suscrito entre la ZA1 y la Junta Matriz, esta deberá
proceder en los plazos indicados a girar las derramas internas y externas que sean
procedentes para el inicio de las obras de urbanización y para quede garantizada
ante el Ayuntamiento la viabilidad económica de la presente Unidad Funcional en
los términos indicados en el Convenio.
c) También la Junta de Compensación deberá presentar la garantía económica del
proyecto previsto en la legislación vigente que se le requiera por el Ayuntamiento en el momento oportuno.
d) Deberá quedar constituida en el plazo de quince días desde la aprobación definitiva de la ZA1, las Comisiones a que se refiere la Estipulación Novena del Convenio de Gestión, para que antes del inicio de las obras de urbanización se haya presentado un Documento refundido del proyecto de urbanización con todas las
consideraciones establecidas en este acuerdo, así como los requerimientos municipales que se pudieran hacer en el seno de la Comisión Técnica.
Quinto.—Publicar el presente Acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 141.4 del
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana.
Parla, a 16 de febrero de 2022.—El concejal-delegado del Área de Urbanismo, Bruno
Garrido Pascual.
(02/24.609/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230102-62
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