Torrejón de Ardoz (BOCM-20230102-68)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 498
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de fecha 19 de diciembre de 2022, aprobada por acuerdo de
Junta de Gobierno Local (punto 13 del orden del día) por la que se convocan las prestaciones económicas dinerarias a favor de mujeres víctimas de violencia de género de 2023
(código: 2022/2022/640800/020).
Primero. Beneficiarias.—Podrán ser destinatarias de las ayudas económicas municipales víctimas de violencia de género, conforme la definición dada por la Ley 5/2005, que
cumplan los requisitos siguientes:
1. Tener vigente el título de acreditación de la situación de violencia de género: bien
porque exista una medida judicial de protección en favor de la mujer (recogida en sentencia
condenatoria, orden judicial de protección, resolución judicial acordando medida cautelar, y
excepcionalmente mediante informe del Ministerio Fiscal en el que se ponga de manifiesto
el carácter de víctima en tanto se dicte la orden judicial de protección) o con título habilitante de su condición de víctima de género.
2. Ser mayor de edad o emancipada legalmente.
3. Empadronamiento y residencia en la ciudad de Torrejón de Ardoz.
4. Contar con un diseño de intervención social elaborado por trabajadora social
del PMORVG, haber procedido a la firma del contrato de compromiso de cumplimiento del DIS, y estar cumpliendo con los compromisos adquiridos con el mismo.
5. Que su unidad familiar, carezca de ingresos mensuales (renta/patrimonio) superiores al ingreso mínimo vital para “otras unidades de convivencia”, salvo las excepciones
recogidas en la presente norma.
Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas a las mujeres víctimas de
violencia de género y para sus hijos e hijas y otras personas dependientes.
Las ayudas son complementarias al proceso de intervención que se realiza en el PMORVG.
Estas ayudas tienen como finalidad dotar a la víctima de violencia de género de unos
recursos económicos mínimos en apoyo de su independencia del agresor, a través de dos líneas de actuación: favorecer la independencia económica de la víctima y favorecer la conciliación de la vida personal y familiar.
Tercero. Bases reguladoras.—La normativa de las prestaciones económicas a favor
de las mujeres víctimas de violencia de género:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/05/BOCM-20210505-58.PDF
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la aplicación
presupuestaria 140 23102-48001 denominada “Ayudas a víctimas de violencia de género”
del presupuesto del 2023, destinará un máximo de treinta y siete mil ciento cincuenta y cinco
euros con veintidós céntimos (37.155,21 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación estará
abierto durante todo el año ya que se tratan de concesiones directas a solicitud de informe
de la trabajadora social del PMORVG en el marco de la intervención integral.
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concesión directa.
El plazo para la justificación de la ayuda económica será de 30 días desde el ingreso
de la misma.
Torrejón de Ardoz, a 21 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Ignacio
Vázquez Casavilla.
(03/25.198/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230102-68
BDNS: 665460
Pág. 498
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B.O.C.M. Núm. 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de fecha 19 de diciembre de 2022, aprobada por acuerdo de
Junta de Gobierno Local (punto 13 del orden del día) por la que se convocan las prestaciones económicas dinerarias a favor de mujeres víctimas de violencia de género de 2023
(código: 2022/2022/640800/020).
Primero. Beneficiarias.—Podrán ser destinatarias de las ayudas económicas municipales víctimas de violencia de género, conforme la definición dada por la Ley 5/2005, que
cumplan los requisitos siguientes:
1. Tener vigente el título de acreditación de la situación de violencia de género: bien
porque exista una medida judicial de protección en favor de la mujer (recogida en sentencia
condenatoria, orden judicial de protección, resolución judicial acordando medida cautelar, y
excepcionalmente mediante informe del Ministerio Fiscal en el que se ponga de manifiesto
el carácter de víctima en tanto se dicte la orden judicial de protección) o con título habilitante de su condición de víctima de género.
2. Ser mayor de edad o emancipada legalmente.
3. Empadronamiento y residencia en la ciudad de Torrejón de Ardoz.
4. Contar con un diseño de intervención social elaborado por trabajadora social
del PMORVG, haber procedido a la firma del contrato de compromiso de cumplimiento del DIS, y estar cumpliendo con los compromisos adquiridos con el mismo.
5. Que su unidad familiar, carezca de ingresos mensuales (renta/patrimonio) superiores al ingreso mínimo vital para “otras unidades de convivencia”, salvo las excepciones
recogidas en la presente norma.
Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas a las mujeres víctimas de
violencia de género y para sus hijos e hijas y otras personas dependientes.
Las ayudas son complementarias al proceso de intervención que se realiza en el PMORVG.
Estas ayudas tienen como finalidad dotar a la víctima de violencia de género de unos
recursos económicos mínimos en apoyo de su independencia del agresor, a través de dos líneas de actuación: favorecer la independencia económica de la víctima y favorecer la conciliación de la vida personal y familiar.
Tercero. Bases reguladoras.—La normativa de las prestaciones económicas a favor
de las mujeres víctimas de violencia de género:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/05/BOCM-20210505-58.PDF
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la aplicación
presupuestaria 140 23102-48001 denominada “Ayudas a víctimas de violencia de género”
del presupuesto del 2023, destinará un máximo de treinta y siete mil ciento cincuenta y cinco
euros con veintidós céntimos (37.155,21 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación estará
abierto durante todo el año ya que se tratan de concesiones directas a solicitud de informe
de la trabajadora social del PMORVG en el marco de la intervención integral.
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concesión directa.
El plazo para la justificación de la ayuda económica será de 30 días desde el ingreso
de la misma.
Torrejón de Ardoz, a 21 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Ignacio
Vázquez Casavilla.
(03/25.198/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
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BDNS: 665460