Coslada número 3 (BOCM-20230102-76)
Procedimiento 140/2015
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 1
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 507
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
76
COSLADA NÚMERO 3
EDICTO
Don Luis Miguel Nieto García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada (Madrid).
BOCM-20230102-76
Hago saber: Que en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada, se han visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos bajo el número 140/2015,
a instancias de la comunidad de propietarios del Parque Empresarial Navegando, contra
Envapol, S. L.
Que en fecha 25 de septiembre de 2018, ha recaído sentencia, que está a disposición
de la demandada Envapol, S. L., en la Oficina Judicial de este Juzgado, la cual no es firme y cabe contra ella recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción 6/12 de la Secretaría General
de la Administración de Justicia.
En Coslada, a 21 de septiembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/24.592/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 1
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 507
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
76
COSLADA NÚMERO 3
EDICTO
Don Luis Miguel Nieto García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada (Madrid).
BOCM-20230102-76
Hago saber: Que en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada, se han visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos bajo el número 140/2015,
a instancias de la comunidad de propietarios del Parque Empresarial Navegando, contra
Envapol, S. L.
Que en fecha 25 de septiembre de 2018, ha recaído sentencia, que está a disposición
de la demandada Envapol, S. L., en la Oficina Judicial de este Juzgado, la cual no es firme y cabe contra ella recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción 6/12 de la Secretaría General
de la Administración de Justicia.
En Coslada, a 21 de septiembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/24.592/22)
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ISSN 1989-4791