Los Molinos (BOCM-20221230-167)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior por disposición normativa.
— Al estar ante una convocatoria de plazas que implican contacto habitual con menores y en virtud de lo establecido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (“Boletín Oficial
del Estado” 180, de 29 de julio de 2015) que añade el apartado 5 al artículo 13 de
la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (“Boletín
Oficial del Estado” 15, de 17 de enero de 1996), “será requisito para el acceso y
ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual
con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso
sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y
corrupción de menores, así como por trata de seres humanos”.
Cuarta. Presentación de solicitudes
4.1. Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo
constar mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de Los Molinos, puesto a disposición en los términos que establezcan las bases generales. Las instancias se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán de
acuerdo con dichas bases.
4.2. Para ser admitido las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha señalada, debiendo ir acompañadas de la documentación establecida en las bases generales.
Documentación específica:
— Certificado de escolaridad o certificado de profesionalidad o reconocimiento de
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o equivalente o
justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con
el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes.
— Aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Quinta. Admisión de aspirantes
Habrá que estar a lo dispuesto en las bases generales reguladoras de los procesos de
estabilización del empleo público y en la normativa de aplicación.
Sexta. Tribunal Calificador
Tanto la designación y la composición de los Tribunales Calificadores como el procedimiento de actuación y la adopción de acuerdos, y el resto de cuestiones que pudieran surgir,
se ajustarán en todo momento a lo previsto en las bases generales y en la normativa vigente.
Séptima. Sistemas de selección
Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en las presentes bases específicas y
en lo no previsto, en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del
empleo público.
El sistema de selección será de Concurso de Méritos, de conformidad con lo previsto
en la normativa reguladora. La valoración máxima será de 100 puntos.
El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha establecida, de conformidad con el baremo
siguiente:
— Experiencia profesional, como personal laboral temporal, hasta un máximo de 100
puntos a razón de:
EXPERIENCIA
AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS
Servicios desde 01/01/2016 a último día de convocatoria
(máximo 45 puntos)
0,60 puntos/mes
Servicios prestados desde 01/01/2009 – 31/12/2015
(máximo 35 puntos)
0,47 puntos/mes
Servicios prestados desde 01/01/2002 – 31/12/2008
(máximo 20 puntos)
0,45 puntos/mes
BOCM-20221230-167
Pág. 878
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior por disposición normativa.
— Al estar ante una convocatoria de plazas que implican contacto habitual con menores y en virtud de lo establecido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (“Boletín Oficial
del Estado” 180, de 29 de julio de 2015) que añade el apartado 5 al artículo 13 de
la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (“Boletín
Oficial del Estado” 15, de 17 de enero de 1996), “será requisito para el acceso y
ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual
con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso
sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y
corrupción de menores, así como por trata de seres humanos”.
Cuarta. Presentación de solicitudes
4.1. Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo
constar mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de Los Molinos, puesto a disposición en los términos que establezcan las bases generales. Las instancias se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán de
acuerdo con dichas bases.
4.2. Para ser admitido las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha señalada, debiendo ir acompañadas de la documentación establecida en las bases generales.
Documentación específica:
— Certificado de escolaridad o certificado de profesionalidad o reconocimiento de
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o equivalente o
justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con
el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes.
— Aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Quinta. Admisión de aspirantes
Habrá que estar a lo dispuesto en las bases generales reguladoras de los procesos de
estabilización del empleo público y en la normativa de aplicación.
Sexta. Tribunal Calificador
Tanto la designación y la composición de los Tribunales Calificadores como el procedimiento de actuación y la adopción de acuerdos, y el resto de cuestiones que pudieran surgir,
se ajustarán en todo momento a lo previsto en las bases generales y en la normativa vigente.
Séptima. Sistemas de selección
Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en las presentes bases específicas y
en lo no previsto, en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del
empleo público.
El sistema de selección será de Concurso de Méritos, de conformidad con lo previsto
en la normativa reguladora. La valoración máxima será de 100 puntos.
El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha establecida, de conformidad con el baremo
siguiente:
— Experiencia profesional, como personal laboral temporal, hasta un máximo de 100
puntos a razón de:
EXPERIENCIA
AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS
Servicios desde 01/01/2016 a último día de convocatoria
(máximo 45 puntos)
0,60 puntos/mes
Servicios prestados desde 01/01/2009 – 31/12/2015
(máximo 35 puntos)
0,47 puntos/mes
Servicios prestados desde 01/01/2002 – 31/12/2008
(máximo 20 puntos)
0,45 puntos/mes
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