Gascones (BOCM-20221230-127)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 311

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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la Temporalidad en el Empleo Público y el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas, los interesados no tendrán que aportar datos o documentos que ya hayan sido aportados por el interesado al Ayuntamiento. A estos efectos, el
interesado deberá indicar en qué momento presentó los citados documentos.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Finalizado el plazo anterior, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de un mes. Podrá
establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
La plaza de la presente convocatoria tiene la misma característica que tiene en la actualidad (jornada, turnos, retribuciones y condiciones de trabajo, no pudiéndose modificar
con el nombramiento una vez finalizado el proceso selectivo.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de
los contratos celebrados.
Novena. Incompatibilidades
El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Décima. Régimen de recursos

DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Gascones, a 12 de diciembre de 2022.—El alcalde, Jesús Manuel Romero Martín.
(03/24.594/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221230-127

Contra estas bases, que han sido aprobadas por resolución de alcaldía de fecha 9 de diciembre de 2022 que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados,
de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición previo al
contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía del ayuntamiento, o bien
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a partir del día siguiente al
de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de la interposición de
cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado
por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.