Brea de Tajo (BOCM-20221230-80)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 500
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
BREA DE TAJO
OFERTAS DE EMPLEO
Por resolución del alcalde, de 16 de diciembre de 2022, se han aprobado las bases generales que regularán los procesos extraordinarios de estabilización de empleo temporal
que convoque el Ayuntamiento de Brea de Tajo, procediéndose a la publicación del texto
íntegro de dichas bases.
BASES GENERALES QUE REGULAN LOS PROCESOS SELECTIVOS
DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL
DEL AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO
POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO DE MÉRITOS
1. Normas generales
1.1. Es objeto de estas Bases regular las normas comunes a los procesos selectivos
que convoque el Ayuntamiento de Brea de Tajo para la selección de personal laboral fijo,
mediante el procedimiento extraordinario para la estabilización del empleo temporal del personal laboral temporal, dentro del marco general de la Oferta de Empleo Público extraordinaria publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 125, de 27
de mayo de 2022, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 70 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
1.2. Las especificidades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las
bases específicas que se aprobarán por el órgano competente para regir cada convocatoria.
1.3. Se encuentran obligados a concurrir a este concurso las personas que estén ocupando las plazas incluidas en esta convocatoria. Su no participación determinará la imposibilidad de consolidar el puesto de trabajo y la ausencia de indemnización o compensación
económica, según lo dispuesto en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán cumplir las siguientes condiciones generales, además de las específicas de cada convocatoria, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en
el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, respecto del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima
de jubilación forzosa.
c) Titulación: estar en posesión de la titulación requerida en las Bases Específicas de
cada convocatoria. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al
exigido en la convocatoria, habrá de alegarse la norma que establezca la equivalencia o en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente que
acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
deberá estarse en posesión de la credencial o convalidación que acredite su homologación.
d) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para
el desempeño de funciones públicas. En caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
BOCM-20221230-80
2. Requisitos de las personas aspirantes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 500
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
BREA DE TAJO
OFERTAS DE EMPLEO
Por resolución del alcalde, de 16 de diciembre de 2022, se han aprobado las bases generales que regularán los procesos extraordinarios de estabilización de empleo temporal
que convoque el Ayuntamiento de Brea de Tajo, procediéndose a la publicación del texto
íntegro de dichas bases.
BASES GENERALES QUE REGULAN LOS PROCESOS SELECTIVOS
DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL
DEL AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO
POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO DE MÉRITOS
1. Normas generales
1.1. Es objeto de estas Bases regular las normas comunes a los procesos selectivos
que convoque el Ayuntamiento de Brea de Tajo para la selección de personal laboral fijo,
mediante el procedimiento extraordinario para la estabilización del empleo temporal del personal laboral temporal, dentro del marco general de la Oferta de Empleo Público extraordinaria publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 125, de 27
de mayo de 2022, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 70 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
1.2. Las especificidades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las
bases específicas que se aprobarán por el órgano competente para regir cada convocatoria.
1.3. Se encuentran obligados a concurrir a este concurso las personas que estén ocupando las plazas incluidas en esta convocatoria. Su no participación determinará la imposibilidad de consolidar el puesto de trabajo y la ausencia de indemnización o compensación
económica, según lo dispuesto en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán cumplir las siguientes condiciones generales, además de las específicas de cada convocatoria, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en
el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, respecto del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima
de jubilación forzosa.
c) Titulación: estar en posesión de la titulación requerida en las Bases Específicas de
cada convocatoria. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al
exigido en la convocatoria, habrá de alegarse la norma que establezca la equivalencia o en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente que
acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
deberá estarse en posesión de la credencial o convalidación que acredite su homologación.
d) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para
el desempeño de funciones públicas. En caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
BOCM-20221230-80
2. Requisitos de las personas aspirantes