Carabaña (BOCM-20221230-85)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
4.2. Criterios de selección.—En el proceso de concurso de méritos se valorará la experiencia profesional como funcionaria/o interina/o o personal laboral temporal en el desempeño de los puestos de trabajo o plazas que se convoquen, así como la formación general y específica relacionada con el puesto a desempeñar.
4.3. Valoración de la experiencia:
Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 80 puntos, en los siguientes
términos:
— Por la experiencia profesional en la entidad convocante en el desempeño del puesto de trabajo: 0,94 puntos por mes.
— Por la experiencia profesional en otras Administraciones Locales: 0,28 por mes.
— Por la experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo en otras Administraciones Públicas: 0,05 puntos por mes.
La experiencia profesional obtenida en períodos de reducción de jornada por cuidado
de hijo se valorará como si la jornada desempeñada hubiera sido completa. En el resto de
las situaciones de jornada parcial (v. g. contratos de sustitución de persona trabajadora con
reducción de jornada, relevo, contrato de jornada parcial) la experiencia profesional se valorará en proporción a la jornada efectivamente desempeñada.
4.3.2. Valoración de la formación.—Se valorará la formación, con un máximo de 20 puntos en cada categoría, por la obtención de titulaciones o realización de cursos de formación y
perfeccionamiento, trasversales o generales directamente relacionados con las funciones propias
del puesto en los términos descritos en este apartado.
i) Formación específica o de carácter transversal. Se valorará la formación concreta
impartida por el Ayuntamiento de Carabaña, otras Administraciones Públicas, Federación Española de Municipios y Provincias, Universidades o Colegios Profesionales, y/o centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas o en el marco de acciones formativas propias de planes formación continua de empleados públicos, que se acrediten mediante título,
certificado o diploma, hasta el máximo de la puntuación prevista, referida a las siguientes materias:
— Formación básica en prevención de riesgos laborales.
— Ley de Igualdad.
Por la realización de cada curso de formación de una duración mínima de 2 horas
corresponderá 4 puntos.
Por la realización de cada curso de formación de duración superior a 2 horas corresponderá 5 puntos.
ii) Formación general. Se valorará la titulación superior a la que se requiere para participar en el proceso así como cursos de formación y perfeccionamiento impartidos
por el Ayuntamiento de Carabaña, otras Administraciones Públicas, Federación
Española de Municipios y Provincias, Universidades o Colegios Profesionales, y/o
centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o en el marco de acciones formativas propias de planes formación
continua de empleados públicos, que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo de la puntuación prevista.
a) Para las plazas pertenecientes al Grupo A:
• Duración comprendida entre 0 y 19 horas: 2 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 20 y 100 horas: 3 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 101 a 299 horas: 4 punto por curso.
• Duración de más de 299 horas: 5 puntos por curso.
b) Para las plazas pertenecientes al Grupo C:
• Duración comprendida entre 0 y 19 horas: 2,5 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 20 y 50 horas: 3,5 punto por curso.
• Duración comprendida entre 51 a 99 horas: 4 punto por curso.
• Duración de más de 99 horas: 5 puntos por curso.
c) Para las plazas pertenecientes a Otras Agrupaciones Profesionales (Grupo E):
• Duración comprendida entre 0 y 19 horas: 4 punto por curso.
• Duración comprendida entre 20 y 50 horas: 7 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 51 a 229 horas: 12 puntos por curso.
• Duración de más de 229 horas: 15 puntos por curso.
Pág. 537
BOCM-20221230-85
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
4.2. Criterios de selección.—En el proceso de concurso de méritos se valorará la experiencia profesional como funcionaria/o interina/o o personal laboral temporal en el desempeño de los puestos de trabajo o plazas que se convoquen, así como la formación general y específica relacionada con el puesto a desempeñar.
4.3. Valoración de la experiencia:
Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 80 puntos, en los siguientes
términos:
— Por la experiencia profesional en la entidad convocante en el desempeño del puesto de trabajo: 0,94 puntos por mes.
— Por la experiencia profesional en otras Administraciones Locales: 0,28 por mes.
— Por la experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo en otras Administraciones Públicas: 0,05 puntos por mes.
La experiencia profesional obtenida en períodos de reducción de jornada por cuidado
de hijo se valorará como si la jornada desempeñada hubiera sido completa. En el resto de
las situaciones de jornada parcial (v. g. contratos de sustitución de persona trabajadora con
reducción de jornada, relevo, contrato de jornada parcial) la experiencia profesional se valorará en proporción a la jornada efectivamente desempeñada.
4.3.2. Valoración de la formación.—Se valorará la formación, con un máximo de 20 puntos en cada categoría, por la obtención de titulaciones o realización de cursos de formación y
perfeccionamiento, trasversales o generales directamente relacionados con las funciones propias
del puesto en los términos descritos en este apartado.
i) Formación específica o de carácter transversal. Se valorará la formación concreta
impartida por el Ayuntamiento de Carabaña, otras Administraciones Públicas, Federación Española de Municipios y Provincias, Universidades o Colegios Profesionales, y/o centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas o en el marco de acciones formativas propias de planes formación continua de empleados públicos, que se acrediten mediante título,
certificado o diploma, hasta el máximo de la puntuación prevista, referida a las siguientes materias:
— Formación básica en prevención de riesgos laborales.
— Ley de Igualdad.
Por la realización de cada curso de formación de una duración mínima de 2 horas
corresponderá 4 puntos.
Por la realización de cada curso de formación de duración superior a 2 horas corresponderá 5 puntos.
ii) Formación general. Se valorará la titulación superior a la que se requiere para participar en el proceso así como cursos de formación y perfeccionamiento impartidos
por el Ayuntamiento de Carabaña, otras Administraciones Públicas, Federación
Española de Municipios y Provincias, Universidades o Colegios Profesionales, y/o
centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o en el marco de acciones formativas propias de planes formación
continua de empleados públicos, que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo de la puntuación prevista.
a) Para las plazas pertenecientes al Grupo A:
• Duración comprendida entre 0 y 19 horas: 2 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 20 y 100 horas: 3 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 101 a 299 horas: 4 punto por curso.
• Duración de más de 299 horas: 5 puntos por curso.
b) Para las plazas pertenecientes al Grupo C:
• Duración comprendida entre 0 y 19 horas: 2,5 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 20 y 50 horas: 3,5 punto por curso.
• Duración comprendida entre 51 a 99 horas: 4 punto por curso.
• Duración de más de 99 horas: 5 puntos por curso.
c) Para las plazas pertenecientes a Otras Agrupaciones Profesionales (Grupo E):
• Duración comprendida entre 0 y 19 horas: 4 punto por curso.
• Duración comprendida entre 20 y 50 horas: 7 puntos por curso.
• Duración comprendida entre 51 a 229 horas: 12 puntos por curso.
• Duración de más de 229 horas: 15 puntos por curso.
Pág. 537
BOCM-20221230-85
BOCM