Colmenarejo (BOCM-20221230-109)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 752

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
DE CUATRO PLAZAS DE PEÓN OFICIOS VARIOS, DE NATURALEZA
LABORAL, INCLUIDAS EN LA O. E. P. DEL AÑO 2022, EN EL MARCO
DE UN PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO
Base 1.a

Objeto

1.1. Objeto de las bases:
El objeto de estas bases es regular las especificidades que deben regir la selección, por
el sistema de concurso de méritos, de cuatro plazas de Peón Oficios Varios, de naturaleza
laboral, incluidas en la OEP del Ayuntamiento de Colmenarejo, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 128, de fecha 31 de mayo de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
La regulación, realización y desarrollo del presente proceso selectivo se ajustará a lo
dispuesto en las presentes bases específicas y, en todo lo no regulado expresamente en estas, se regirá por las Bases Generales, aprobadas exclusivamente en el marco del mencionado proceso extraordinario de estabilización.
1.2. Características de la plaza:
— Naturaleza: Personal laboral.
— Denominación: Peón Oficios Varios.
— Nivel: V.
— Número de plazas convocadas: 4.
— Jornada: Tiempo completo.
Base 2.a

Requisitos

2.1. Requisitos de las personas aspirantes:
Para ser admitidas en el proceso de selección y tomar parte de este, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos señalados en las Bases Generales y, además, los siguientes:
— Titulación. No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas
en el sistema educativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional
sexta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Méritos evaluables

3.1. Méritos:
La valoración máxima a otorgar será de 100 puntos, correspondiendo, como máximo 70 puntos a la experiencia profesional y 30 puntos a méritos académicos y formación.
— Experiencia profesional: Se valorará con un máximo de 70 puntos, según el siguiente baremo:
d Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario interino o temporal laboral (o indefinido no fijo) en la plaza objeto de las presentes bases en el Ayuntamiento de Colmenarejo: 0,40 puntos por mes trabajado,
con una puntuación máxima de 70 puntos.
d Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario interino o temporal laboral (o indefinido no fijo) en plaza con la misma denominación, escala, subescala y clase, y perteneciente al mismo grupo/subgrupo de
clasificación, en otras entidades locales: 0,35 puntos por mes trabajado, con
una puntuación máxima de 60 puntos.
d Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario interino o temporal laboral (o indefinido no fijo) en plaza con la misma denominación, escala, subescala y clase, y perteneciente al mismo grupo/subgrupo de
clasificación, en otras AAPP y resto del Sector Público: 0,30 puntos por mes
trabajado, con una puntuación máxima de 50 puntos.
d Experiencia profesional en funciones de la misma categoría, en el sector privado: 0,25 puntos por mes trabajado, con una puntuación máxima de 40 puntos.

BOCM-20221230-109

Base 3.a