C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20221230-27)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 748/2022, de 23 de diciembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia “Financiado por la Unión Europea-NextgenerationEU”
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 196
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
27
EXTRACTO de la Orden 748/2022, de 23 de diciembre, de la Consejería de
Administración Local y Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a la mejora de
las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia “Financiado por la Unión
Europea-NextgenerationEU”
BDNS (Identif.): 666942
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden citada
cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:
— https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index.es
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades de propietarios, de un
edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960,
de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones, y que cumplan los
siguientes requisitos: a) Para cada una de las tres actuaciones subvencionables citadas en el
artículo 6.1 de la Orden, se establece una fecha de construcción del edificio que se justificará mediante consulta descriptiva y gráfica de la información catastral de los bienes inmuebles. b) Que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecida en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. 2. Asimismo, en relación con los destinatarios últimos, de las ayudas serán de aplicación las reglas previstas en la convocatoria así como dar
cumplimiento al principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”
(principio do no significant harm-DNSH) y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con
lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), y a aportar
todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea. 3. Además, tienen que cumplir con la normativa
europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del MRR, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
Segundo
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y realizar la convocatoria de las subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de propiedad horizontal, contempladas en las tres líneas propuestas en
el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiada por fondos públicos por parte de la Dirección General de Política Digital de la Consejería de Administración Local y Digitalización de la
Comunidad de Madrid, procedentes del Fondo NextGenerationE.
BOCM-20221230-27
Objeto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 196
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
27
EXTRACTO de la Orden 748/2022, de 23 de diciembre, de la Consejería de
Administración Local y Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a la mejora de
las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia “Financiado por la Unión
Europea-NextgenerationEU”
BDNS (Identif.): 666942
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden citada
cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:
— https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index.es
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades de propietarios, de un
edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960,
de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones, y que cumplan los
siguientes requisitos: a) Para cada una de las tres actuaciones subvencionables citadas en el
artículo 6.1 de la Orden, se establece una fecha de construcción del edificio que se justificará mediante consulta descriptiva y gráfica de la información catastral de los bienes inmuebles. b) Que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecida en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. 2. Asimismo, en relación con los destinatarios últimos, de las ayudas serán de aplicación las reglas previstas en la convocatoria así como dar
cumplimiento al principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”
(principio do no significant harm-DNSH) y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con
lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), y a aportar
todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea. 3. Además, tienen que cumplir con la normativa
europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del MRR, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
Segundo
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y realizar la convocatoria de las subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de propiedad horizontal, contempladas en las tres líneas propuestas en
el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiada por fondos públicos por parte de la Dirección General de Política Digital de la Consejería de Administración Local y Digitalización de la
Comunidad de Madrid, procedentes del Fondo NextGenerationE.
BOCM-20221230-27
Objeto