B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221230-8)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios. Se deberá
aportar, además, un dictamen técnico facultativo actualizado acerca de la procedencia de la
adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de
discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde a la persona
interesada en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. Esta adaptación la
pueden solicitar todas las personas aspirantes con discapacidad con independencia de que
accedan o no por el cupo de reserva de personas con discapacidad.
– Casilla 24. Titulación. Seleccione la titulación de acuerdo con lo establecido en la convocatoria.
– Casilla 25. Acreditación de lengua autonómica y/o Derecho Civil Vasco. «Datos a consignar
según las bases de la convocatoria». Quienes deseen realizar las pruebas optativas escribirán la
palabra «Realiza» en el cuadro correspondiente al tipo de prueba, quienes deseen acreditar
documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta» y quienes se acojan a ambos
sistemas, en los términos de la convocatoria, indicarán «Documenta y Realiza».
Pago y presentación. Una vez cumplimentada la solicitud se procederá al pago electrónico y
registro, según las instrucciones que se indican. En caso de que no se pueda realizar el pago por
no disponer de cuenta en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas a la pasarela de
pago de la Agencia Tributaria, o cuando resulte imposible la inscripción electrónica por razones
técnicas, se podrá realizar la presentación y pago en papel de manera excepcional, debiendo
acreditar documentalmente dicha imposibilidad.
– La constancia del correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de Referencia
Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
– Deberá disponer de un certificado electrónico, acceder al portal web del Ministerio de Justicia,
www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo
Gestión y seguir las instrucciones previstas.
– Mediante esta opción se realizarán electrónicamente los trámites de cumplimentación del
formulario, pago y presentación en el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.
– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro
de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo realizado
correctamente.
– La persona que solicita presentarse al proceso selectivo será quien deba realizar el registro de
su solicitud.
– Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones
diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el justificante bancario
de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la convocatoria.
Exención o reducción de tasa. Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la
tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.6 de esta
convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante
el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:
– Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición
de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección unidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo. IRPF para verificar las rentas.
– La aportación del título de familia numerosa cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de
las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
En caso de no prestar el consentimiento al órgano gestor se deberá marcar la casilla que aparece
a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la instancia de
solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará
la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los
derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud.

(03/24.716/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221230-8

Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en todo caso
junto con la solicitud.