C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221230-24)
Convocatoria premios – Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Directora General de Comercio y Consumo, por la que se convoca la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2022-2023 Consumópolis 18: En Internet, ¿te crees todo lo que ves?
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
Noveno
Composición del Jurado
1. El Jurado de la fase autonómica en la Comunidad de Madrid del concurso escolar
“Consumópolis 18” tendrá la siguiente composición:
Presidente: El titular de la Subdirección General con competencia en materia de formación en consumo o persona a quien designe.
Vocales:
a) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de consumo, designado por su titular.
b) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de educación primaria o secundaria o formación profesional básica de la consejería competente, designado por su titular.
c) Un representante de la Secretaría General Técnica de la consejería competente en
materia de consumo, designado por su titular.
d) Un representante de una organización de consumidores miembro del Consejo de
Consumo de la Comunidad de Madrid, designado por el titular de la dirección general competente en materia de protección al consumidor a propuesta del Consejo de Consumo.
Secretario: Un empleado público de la Dirección General con competencias en materia de consumo designado por su titular, con voz, pero sin voto.
2. El funcionamiento del Jurado se regirá por los principios recogidos en la sección
3a, del Capítulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá facultades para resolver las dudas y controversias que puedan surgir sobre la interpretación de esta convocatoria.
3. Para los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal o justificada de los miembros del Jurado, regirán las siguientes normas:
a) El presidente será sustituido por el titular de una Subdirección General con competencias en materia de consumo designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en materia de consumo.
b) Los vocales del Jurado serán sustituidos por sus suplentes, si se hubieran designado.
c) El secretario será sustituido por quien haya sido designado como suplente por el titular de la Dirección General con competencias en materia de consumo.
Décimo
1. La puntuación final obtenida por cada equipo en las pruebas incluidas en el juego
interactivo “Consumópolis 18” quedará fijada automáticamente por el propio sistema, con
base en los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.
2. La valoración en la fase autonómica de los trabajos en equipo, se realizará atendiendo a los criterios recogidos en el artículo 5.3.b) de la Orden CSM/1008/2021, de 20 de
septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar “Consumópolis”, y así, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta 40 puntos.
b) Creatividad, originalidad: hasta 20 puntos.
c) Presentación del trabajo: hasta 20 puntos.
d) Calidad técnica: hasta 15 puntos.
e) Calidad lingüística: hasta 5 puntos.
3. Para la valoración de los equipos que optan a los premios autonómicos de la Comunidad de Madrid, el trabajo en equipo y el juego interactivo por la ciudad de Consumópolis ponderarán al 50 por 100.
La puntuación para otorgar los premios de la fase autonómica vendrá dada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de juego interactivo y en la fase de trabajo en equipo con la ponderación indicada.
BOCM-20221230-24
Criterios de valoración
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
Noveno
Composición del Jurado
1. El Jurado de la fase autonómica en la Comunidad de Madrid del concurso escolar
“Consumópolis 18” tendrá la siguiente composición:
Presidente: El titular de la Subdirección General con competencia en materia de formación en consumo o persona a quien designe.
Vocales:
a) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de consumo, designado por su titular.
b) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de educación primaria o secundaria o formación profesional básica de la consejería competente, designado por su titular.
c) Un representante de la Secretaría General Técnica de la consejería competente en
materia de consumo, designado por su titular.
d) Un representante de una organización de consumidores miembro del Consejo de
Consumo de la Comunidad de Madrid, designado por el titular de la dirección general competente en materia de protección al consumidor a propuesta del Consejo de Consumo.
Secretario: Un empleado público de la Dirección General con competencias en materia de consumo designado por su titular, con voz, pero sin voto.
2. El funcionamiento del Jurado se regirá por los principios recogidos en la sección
3a, del Capítulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá facultades para resolver las dudas y controversias que puedan surgir sobre la interpretación de esta convocatoria.
3. Para los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal o justificada de los miembros del Jurado, regirán las siguientes normas:
a) El presidente será sustituido por el titular de una Subdirección General con competencias en materia de consumo designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en materia de consumo.
b) Los vocales del Jurado serán sustituidos por sus suplentes, si se hubieran designado.
c) El secretario será sustituido por quien haya sido designado como suplente por el titular de la Dirección General con competencias en materia de consumo.
Décimo
1. La puntuación final obtenida por cada equipo en las pruebas incluidas en el juego
interactivo “Consumópolis 18” quedará fijada automáticamente por el propio sistema, con
base en los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.
2. La valoración en la fase autonómica de los trabajos en equipo, se realizará atendiendo a los criterios recogidos en el artículo 5.3.b) de la Orden CSM/1008/2021, de 20 de
septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar “Consumópolis”, y así, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta 40 puntos.
b) Creatividad, originalidad: hasta 20 puntos.
c) Presentación del trabajo: hasta 20 puntos.
d) Calidad técnica: hasta 15 puntos.
e) Calidad lingüística: hasta 5 puntos.
3. Para la valoración de los equipos que optan a los premios autonómicos de la Comunidad de Madrid, el trabajo en equipo y el juego interactivo por la ciudad de Consumópolis ponderarán al 50 por 100.
La puntuación para otorgar los premios de la fase autonómica vendrá dada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de juego interactivo y en la fase de trabajo en equipo con la ponderación indicada.
BOCM-20221230-24
Criterios de valoración