D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221230-41)
Convocatoria contrato –  Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Gestión Económica, por la que se hace pública la licitación del contrato de “Suministro de medicamentos que disponen de genéricos para todos los hospitales dependientes del Servicio Madrileño de Salud, 15 lotes, por procedimiento abierto mediante criterio único precio”
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BOCM

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

g) Admisión de variantes: No.
h) Duración del contrato: Doce meses a contar desde el día siguiente a la fecha de firma del contrato. Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 48 meses.
III. Condiciones de participación y procedimiento
1. Condiciones de participación.
a) Requisitos de los operadores económicos:
Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato:
Procede: Sí.
Autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
como laboratorio fabricante, titular, comercializador, importador de medicamentos. En el caso de que alguna de las fases de fabricación del medicamento fuera
desarrollada por un tercero, deberá tener autorización de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios para la fabricación por este tercer laboratorio, para la fase asignada (envasado, etiquetado, almacenamiento, control de calidad). En caso de que el licitador sea un representante local del titular de la autorización de comercialización deberá dejar constancia mediante declaración
responsable de dicha condición y además deberá aportar autorización de la comunidad autónoma correspondiente del almacén por contrato.
b) Solvencia económica y financiera: Artículo 87, Ley 9/2017.
Criterios de selección: A estos efectos, el licitador deberá acreditar un volumen
anual de negocios, que referido al mejor ejercicio de los tres últimos concluidos,
deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato de cada uno
de los lotes a que licite, de acuerdo con los importes relacionados en el cuadro adjunto.
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de las cuentas
anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en
el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de
presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar el cumplimiento de solvencia
económica y financiera aportado la documentación correspondiente a su patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por
importe igual o superior, al menos, a una vez y media el valor anual medio del contrato de cada uno de los lotes a que licite (artículo 87.1.c de la LCSP).
c) Solvencia técnica: Artículo 90.1.a) de la Ley 9/2017.
Criterios de selección: La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos
años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato,
cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior
al 70 por 100 de la anualidad media del contrato de cada uno de los lotes a que licite, de acuerdo con los importes relacionados en el cuadro adjunto. Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando
el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos
obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Artículo 89.1.e) de la LCSP: Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la presentación de
Fotografías de acondicionamiento primario que permitan la comprobación de los
requisitos técnicos de obligado cumplimiento definidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
d) Tramitación: Ordinaria.
e) Procedimiento: Abierto con criterio único precio.

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