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Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad La Encina para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

3. ACTUACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN
TOTAL ACTUACIONES PREVENCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN: 13.561,81 €
Aportación Fondos Pacto de Estado Comunidad de Madrid: 100%
Aportación Mancomunidad: 0%

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD LOCAL

00 C 8 1
4 0C
9
38A
8
CS
ó i
i

a) La financiación de todas las actuaciones contenidas en el presente Programa
quedará supeditada a la aprobación de las mismas por la Dirección General de
Igualdad.
b) Presentar durante el mes de enero o primer mes de ejecución del Convenio, la
previsión presupuestaria para las distintas líneas de actuación, respetando en
todo caso, los límites establecidos en la cláusula relativa a la financiación y las
cuantías totales indicadas en el presente Anexo. Esta previsión presupuestaria
debe contener desagregados los gastos de: Servicio de Asistencia Psicológica, de
Asesoría Jurídica, de Atención Social, Coordinación, Apoyo Administrativo,
Otros profesionales especialistas, Gastos corrientes, Ayudas económicas,
Actividades grupales y Actuaciones de prevención y sensibilización.
c) Informar, por escrito, a la Dirección General de Igualdad, cualquier
modificación o variación que proceda realizar en el proyecto aceptado, así
como facilitar la verificación, por parte de la Dirección General de Igualdad, de
las actividades acordadas para dar cumplimiento al objeto del Programa. La
Dirección General de Igualdad podrá rechazar, en su caso, aquellas
modificaciones o variaciones en los términos referidos en el anterior apartado.
d) Informar por escrito a la Dirección General de Igualdad, con al menos un mes
de antelación a su puesta en marcha, y en el caso de las que se ejecuten durante
el mes de enero durante la primera quincena, sobre las actividades a desarrollar
en materia de prevención y sensibilización tanto desde el punto de vista de su
contenido, como del calendario de ejecución y del coste previsto, a través de
modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad. La
Dirección General de Igualdad podrá rechazar, en su caso, aquellas actuaciones
que no se enmarquen en los objetivos del presente Programa, incumplan los
requisitos establecidos (número estimado de participantes, población
destinataria) o cuyo presupuesto se considere excesivo para el tipo de acción a
desarrollar, el número potencial de participantes o su impacto en la población
general.

A0C 190332

La Entidad Local firmante se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

BOCM-20221230-35

V.