B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221230-19)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos derivados de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador/a del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
19

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la
que se procede a declarar la pérdida de derechos derivados de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador/a del Servicio Madrileño de Salud.

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud convocó pruebas selectivas por el
turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador/a del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 29 de junio).
En la base 2.1.c) de la convocatoria se establece como requisito “Estar en posesión del
Certificado de Escolaridad o equivalente, habiendo terminado la formación exigida para su
obtención dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite
su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro
del plazo de presentación de instancias”.
Por Resolución de 5 de octubre de 2022, esta Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales, se fijó la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas
por los aspirantes que hubiesen superado las pruebas selectivas, publicándose la relación de
plazas ofertadas y determinando la entrega de documentación acreditativa (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de octubre), habilitándose un plazo de diez días hábiles para la elección de plaza y la remisión de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos indicados en la base novena de la convocatoria de este proceso selectivo.
La base novena de la convocatoria en su apartado cuarto establece “Quienes, dentro
del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base
segunda, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio
Madrileño de Salud dictará Resolución motivada en la que se declare la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en las pruebas selectivas”.
Comprobada la documentación establecida en la base novena de la convocatoria y en
la Resolución de 5 de octubre de 2022, se verifica que don Yesid Holguín Gonzalez, con
NIF ***4674**, no acredita homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente de la titulación requerida.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en virtud de las competencias
que tiene atribuidas en el Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,
RESUELVE

Declarar la pérdida de los derechos derivados de don Yesid Holguín Gonzalez, con
NIF ***4674**, por no acreditar homologación y/o reconocimiento por el departamento
ministerial competente de la titulación requerida.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Gestión Económica de Consejería de Sanidad en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente inter-

BOCM-20221230-19

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