B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221230-18)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en puestos de emergencias del SUMMA 112, se publica la relación de plazas ofertadas y se determina la entrega de documentación acreditativa
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
tes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad
de Madrid para el año 2017.
3. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad, elegirán plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas para
dicho cupo. Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del
cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
Tercero
Procedimiento y plazo de elección de plazas y presentación de documentación
BOCM-20221230-18
1. La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos por las personas incluidas en el Anexo I, se realizarán exclusivamente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y envío del formulario de elección que
estará disponible en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebasselectivas-enfermeroa-puestos-emergenciassumma-112-2018 y en
www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
2. A estos efectos, se habilita un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día hábil
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para realizar la elección en el modo que se indica en esta resolución.
3. La totalidad de las plazas convocadas en el proceso selectivo para el acceso a la
condición de personal estatutario fijo como Enfermero/a en puestos de emergencias del
SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud están adscritas al Servicio de Urgencias Médicas de Madrid SUMMA 112, por lo que todos los aspirantes deberán solicitar plaza en
este único centro conforme al Anexo II.
4. En el caso de presentar más de una solicitud de elección de plazas dentro del plazo establecido, se considerará válida la última registrada, quedando anuladas las anteriores.
Finalizado el plazo indicado no se admitirán modificaciones.
5. De conformidad con lo establecido en la base 8.6 de la convocatoria, perderán los
derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes no soliciten plaza
en el plazo indicado y conforme al procedimiento establecido en esta Resolución.
6. En la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivasenfermeroa-puestos-emergenciassumma-112-2018 y en
www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general , estarán disponibles:
El formulario “Elección de plaza y documentación acreditativa”.
El modelo “Autorización de presentación de solicitud”.
Las instrucciones relativas a la cumplimentación y presentación de forma electrónica.
7. El formulario y la documentación acreditativa se presentará por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en
el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por lo que será necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma.
8. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud/formulario puede ser firmada por medio de representante que actúe en nombre del interesado. En este caso, y a los únicos efectos de presentar la solicitud/formulario, deberá
aportarse el modelo de autorización debidamente cumplimentado (Autorización de presentación de solicitud).
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
tes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad
de Madrid para el año 2017.
3. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad, elegirán plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas para
dicho cupo. Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del
cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
Tercero
Procedimiento y plazo de elección de plazas y presentación de documentación
BOCM-20221230-18
1. La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos por las personas incluidas en el Anexo I, se realizarán exclusivamente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y envío del formulario de elección que
estará disponible en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebasselectivas-enfermeroa-puestos-emergenciassumma-112-2018 y en
www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
2. A estos efectos, se habilita un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día hábil
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para realizar la elección en el modo que se indica en esta resolución.
3. La totalidad de las plazas convocadas en el proceso selectivo para el acceso a la
condición de personal estatutario fijo como Enfermero/a en puestos de emergencias del
SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud están adscritas al Servicio de Urgencias Médicas de Madrid SUMMA 112, por lo que todos los aspirantes deberán solicitar plaza en
este único centro conforme al Anexo II.
4. En el caso de presentar más de una solicitud de elección de plazas dentro del plazo establecido, se considerará válida la última registrada, quedando anuladas las anteriores.
Finalizado el plazo indicado no se admitirán modificaciones.
5. De conformidad con lo establecido en la base 8.6 de la convocatoria, perderán los
derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes no soliciten plaza
en el plazo indicado y conforme al procedimiento establecido en esta Resolución.
6. En la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivasenfermeroa-puestos-emergenciassumma-112-2018 y en
www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general , estarán disponibles:
El formulario “Elección de plaza y documentación acreditativa”.
El modelo “Autorización de presentación de solicitud”.
Las instrucciones relativas a la cumplimentación y presentación de forma electrónica.
7. El formulario y la documentación acreditativa se presentará por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en
el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por lo que será necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma.
8. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud/formulario puede ser firmada por medio de representante que actúe en nombre del interesado. En este caso, y a los únicos efectos de presentar la solicitud/formulario, deberá
aportarse el modelo de autorización debidamente cumplimentado (Autorización de presentación de solicitud).