Madrid (BOCM-20221229-59)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Base de datos Cibelex
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 310

Por otra parte, Cibelex incorpora el código ELI (European Legislation Identifier) a la
normativa municipal. El ELI es un estándar europeo de identificación y descripción de la
normativa publicada en los diarios y las bases de datos oficiales promovido por la Unión
Europea, que permite acceder online a la legislación en un formato normalizado y facilitar
el acceso, el intercambio y la interconexión de la información jurídica publicada en los sistemas de información jurídica nacionales y europeos, para poner en marcha una red de información legal, disponible como conjunto de datos abiertos y susceptibles de reutilización.
Madrid es el segundo Ayuntamiento de la Unión Europea que implementa este sistema de identificación, ofreciendo toda su normativa para que pueda ser indexada y reutilizada por los sistemas de información legal de las Administraciones públicas españolas y europeas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/2006, de
4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la Coordinadora
General de la Alcaldía, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno y previa deliberación,
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 15 de diciembre de 2022,
ACUERDA

BOCM-20221229-59

Primero.—Crear la nueva base de datos de normativa municipal “Cibelex”, en la que
se recogerá de forma ordenada, sistemática y completa toda la información sobre las ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.—Implantar el Identificador Europeo de Legislación (ELI) en la normativa
municipal recogida en Cibelex, conforme a lo previsto en Especificación Técnica para la
Implementación del ELI en España, aprobada por la Comisión Sectorial de Administración
Electrónica el 24 de febrero de 2022.
Tercero.—Cibelex estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Madrid, conforme a lo previsto en el artículo 34.1 m) y u) de la Ordenanza de Atención a
la Ciudadanía y Administración Electrónica, de 26 de febrero de 2019 y se mantendrá permanentemente actualizada.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para dictar las
resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución del presente acuerdo, así
como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.
Quinto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el “Boletín
Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Sexto.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 15 de diciembre de 2022.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/24.589/22)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791