B) Autoridades y Personal - ASAMBLEA DE MADRID (BOCM-20221229-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante concurso-oposición, 2 plazas del Cuerpo de Administrativos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 310

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022

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o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se ajustarán al modelo que se publica al final de esta convocatoria (Anexo II).
3.2. La presentación de solicitudes, podrá hacerse en el Registro General de esta
Asamblea de Madrid, Plaza de la Asamblea de Madrid, n.o 1, de 9 a 14 horas de lunes a viernes o mediante correo certificado en las Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se dirigirá a la Ilustrísima Señora Secretaria General de
la Asamblea de Madrid. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante, siendo motivo de exclusión la falta de firma en la solicitud.
A efectos del cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Secretaría General de la Cámara
para el normal desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para
la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de
trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con
la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración
actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier
otro espacio establecido a tal efecto.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el aspirante en su solicitud de participación en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso,
hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así
como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los
datos inicialmente consignados.
3.3. Los derechos de examen serán de 16,88 euros y se ingresarán en la cuenta corriente ES2121002865511301271440 abierta en Caixabank a nombre de “Asamblea de
Madrid”. En la solicitud deberá figurar el sello o resguardo acreditativo del ingreso o transferencia haciendo constar el DNI del aspirante. La falta del abono de las tasas en el plazo
señalado determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo.
3.4. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la
Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de diciembre, y 4/2014, de 22
de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, están exentas del pago de la tasa:
a) Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo
como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida
a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiéndose acompañar
a la solicitud a tal efecto la tarjeta de demanda de empleo actualizada o, en su caso,
certificado de períodos de inscripción como demandante de empleo emitido por el
Servicio Público de Empleo.
b) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. Estas personas deberán acompañar a la solicitud la tarjeta o certificado vigente acreditativos del
grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, expedidos por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para emitir dichas
certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de
diciembre.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administra-

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3. Solicitudes