B) Autoridades y Personal - ASAMBLEA DE MADRID (BOCM-20221229-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante concurso-oposición, 2 plazas del Cuerpo de Administrativos
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 310
9.2. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en su sede, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación de aspirantes que han superado
el proceso selectivo y cuyo nombramiento se proponga, por orden de puntuación alcanzada, reflejando las calificaciones obtenidas en el proceso selectivo.
Esta relación se elevará por el Tribunal a la Excelentísima Señora Presidenta de la
Asamblea de Madrid que, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en
los términos exigidos en la convocatoria, procederá al nombramiento como funcionarios de
carrera del Cuerpo de Administrativos de la Asamblea de Madrid.
No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, podrá requerirse al tribunal de selección, relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, cuya calificación
hubiese alcanzado el cincuenta por 100 de la puntuación total posible de la fase de oposición y hubiesen superado todos los ejercicios de la misma, para su nombramiento como
funcionarios de carrera.
10. Presentación de documentos
10.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar del examen, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos, Accesibilidad y Seguridad y
Salud Laboral, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título académico superior aducido para tomar parte en
las pruebas selectivas. o, en su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dicha titulación, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se
deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
d) Certificado médico expedido en el que se acredite no padecer enfermedad ni estar
afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
e) Elección de puesto de trabajo de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectuará la Secretaría General de la
Asamblea de Madrid.
10.2. Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del
que dependieren para acreditar tal condición.
10.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los
requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
11. Datos de carácter personal
Se facilita la siguiente información detallada del tratamiento de datos personales: Responsable del tratamiento: Asamblea de Madrid. CIF: S7800006D, Plaza de la Asamblea de
Madrid, número 1, 28018 Madrid. Finalidad del tratamiento: RR. HH. Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal. Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid. Cesiones: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, tablones de anuncios, Portal web de la Asamblea de Madrid. Plazo: 3 años. Derechos: Podrá ejercer los derechos en materia de protección de datos legalmente reconocidos:
presencialmente ante el Registro de la Asamblea de Madrid, dentro del horario de acceso; o
a través de la dirección de correo electrónico: asesoriajuridica.lopd@asambleamadrid.es
con la referencia “Derechos de los interesados” e indicando su nombre y apellidos y direc-
BOCM-20221229-1
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 310
9.2. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en su sede, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación de aspirantes que han superado
el proceso selectivo y cuyo nombramiento se proponga, por orden de puntuación alcanzada, reflejando las calificaciones obtenidas en el proceso selectivo.
Esta relación se elevará por el Tribunal a la Excelentísima Señora Presidenta de la
Asamblea de Madrid que, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en
los términos exigidos en la convocatoria, procederá al nombramiento como funcionarios de
carrera del Cuerpo de Administrativos de la Asamblea de Madrid.
No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, podrá requerirse al tribunal de selección, relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, cuya calificación
hubiese alcanzado el cincuenta por 100 de la puntuación total posible de la fase de oposición y hubiesen superado todos los ejercicios de la misma, para su nombramiento como
funcionarios de carrera.
10. Presentación de documentos
10.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar del examen, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos, Accesibilidad y Seguridad y
Salud Laboral, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título académico superior aducido para tomar parte en
las pruebas selectivas. o, en su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dicha titulación, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se
deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
b) Documento Nacional de Identidad.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
d) Certificado médico expedido en el que se acredite no padecer enfermedad ni estar
afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
e) Elección de puesto de trabajo de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectuará la Secretaría General de la
Asamblea de Madrid.
10.2. Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del
que dependieren para acreditar tal condición.
10.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los
requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
11. Datos de carácter personal
Se facilita la siguiente información detallada del tratamiento de datos personales: Responsable del tratamiento: Asamblea de Madrid. CIF: S7800006D, Plaza de la Asamblea de
Madrid, número 1, 28018 Madrid. Finalidad del tratamiento: RR. HH. Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal. Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid. Cesiones: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, tablones de anuncios, Portal web de la Asamblea de Madrid. Plazo: 3 años. Derechos: Podrá ejercer los derechos en materia de protección de datos legalmente reconocidos:
presencialmente ante el Registro de la Asamblea de Madrid, dentro del horario de acceso; o
a través de la dirección de correo electrónico: asesoriajuridica.lopd@asambleamadrid.es
con la referencia “Derechos de los interesados” e indicando su nombre y apellidos y direc-
BOCM-20221229-1
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID