B) Autoridades y Personal - ASAMBLEA DE MADRID (BOCM-20221229-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir mediante concurso 1 plaza del Cuerpo Facultativo de Técnicos en Informática, Escala de Gestión
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 310

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022

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título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto
1272/2003, de 10 de octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se ajustarán al modelo que se publica al final de esta convocatoria (Anexo II).
3.2. La presentación de solicitudes, podrá hacerse en el Registro General de esta
Asamblea de Madrid, plaza de la Asamblea de Madrid, n.o 1, de 9 a 14 horas de lunes a viernes o mediante correo certificado en las Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se dirigirá a la Ilustrísima Señora Secretaria General de
la Asamblea de Madrid. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante, siendo motivo de exclusión la falta de firma en la solicitud.
A efectos del cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Secretaría General de la Cámara
para el normal desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para
la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de
trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con
la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración
actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier
otro espacio establecido a tal efecto.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el aspirante en su solicitud de participación en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso,
hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de aquél la veracidad de los mismos, así
como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los
datos inicialmente consignados.
3.3. Los derechos de examen serán de 32,94 euros y se ingresarán en la cuenta corriente ES2121002865511301271440 abierta en Caixabank a nombre de “Asamblea de
Madrid”. En la solicitud deberá figurar el sello o resguardo acreditativo del ingreso o transferencia haciendo constar el DNI del aspirante. La falta del abono de las tasas en el plazo
señalado determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo.
3.4. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002 de 24 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la
Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 4/2006, de 22 de diciembre y 4/2014, de 22
de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas, están exentas del pago de la tasa:
a) Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo
como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida
a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiéndose acompañar
a la solicitud a tal efecto la tarjeta de demanda de empleo actualizada o, en su caso,
certificado de períodos de inscripción como demandante de empleo emitido por el
Servicio Público de Empleo.

BOCM-20221229-2

3. Solicitudes