Villamanta (BOCM-20221228-113)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 309
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 441
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
113
VILLAMANTA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por decreto de Alcaldía número 544/22, de 20 de diciembre de 2022, se ha aprobado
el siguiente:
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EL EJERCICIO 2023
1. IMPUESTOS
CONCEPTO
EJERCICIO ECONÓMICO
PLAZO COBRANZA
Impto.Vehículos Tracc.Mecánica
Año 2023
01 Mayo a 30 Junio
Impto.s/Bienes Inmueb.(Urbana)
Año 2023 (50% Importe Padrón) 15 Mayo al 31 de Julio
Impto.s/Bienes Inmueb.(Urbana)
Año 2023 (50% Importe Padrón) 15 Septiembre al 30 de Noviembre
Impto.s/Bienes Inmeb.(Rústica)
Año 2023
15 Septiembre al 30 de Noviembre
Impto.Activid Económicas
Año 2023
15 Septiembre a 30 de Noviembre
2. TASAS
CONCEPTO
EJERCICIO ECONÓMICO
PLAZO COBRANZA
Tasa Basura
Año 2023
01 Marzo a 30 Abril
Vados
Año 2023
01 Mayo a 30 Junio
BOCM-20221228-113
Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1.o De reposición ante esta Alcaldía, con carácter previo al recurso contenciosoadministrativo, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación
de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2.o Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 14.2.ñ) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, y sin perjuicio de interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, se podrá ejercitar por los interesados cualquier otra acción que estimen procedente.
Villamanta, a 20 de diciembre de 2022.—El alcalde, Valentín Pereira Fresno.
(01/24.943/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Por decreto de Alcaldía número 544/22, de 20 de diciembre de 2022, se ha aprobado
el siguiente:
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EL EJERCICIO 2023
1. IMPUESTOS
CONCEPTO
EJERCICIO ECONÓMICO
PLAZO COBRANZA
Impto.Vehículos Tracc.Mecánica
Año 2023
01 Mayo a 30 Junio
Impto.s/Bienes Inmueb.(Urbana)
Año 2023 (50% Importe Padrón) 15 Mayo al 31 de Julio
Impto.s/Bienes Inmueb.(Urbana)
Año 2023 (50% Importe Padrón) 15 Septiembre al 30 de Noviembre
Impto.s/Bienes Inmeb.(Rústica)
Año 2023
15 Septiembre al 30 de Noviembre
Impto.Activid Económicas
Año 2023
15 Septiembre a 30 de Noviembre
2. TASAS
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EJERCICIO ECONÓMICO
PLAZO COBRANZA
Tasa Basura
Año 2023
01 Marzo a 30 Abril
Vados
Año 2023
01 Mayo a 30 Junio
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Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1.o De reposición ante esta Alcaldía, con carácter previo al recurso contenciosoadministrativo, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación
de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2.o Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 14.2.ñ) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, y sin perjuicio de interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, se podrá ejercitar por los interesados cualquier otra acción que estimen procedente.
Villamanta, a 20 de diciembre de 2022.—El alcalde, Valentín Pereira Fresno.
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