Villamanta (BOCM-20221228-113)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 309

MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
113

VILLAMANTA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por decreto de Alcaldía número 544/22, de 20 de diciembre de 2022, se ha aprobado
el siguiente:
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EL EJERCICIO 2023
1. IMPUESTOS
CONCEPTO

EJERCICIO ECONÓMICO

PLAZO COBRANZA

Impto.Vehículos Tracc.Mecánica

Año 2023

01 Mayo a 30 Junio

Impto.s/Bienes Inmueb.(Urbana)

Año 2023 (50% Importe Padrón) 15 Mayo al 31 de Julio

Impto.s/Bienes Inmueb.(Urbana)

Año 2023 (50% Importe Padrón) 15 Septiembre al 30 de Noviembre

Impto.s/Bienes Inmeb.(Rústica)

Año 2023

15 Septiembre al 30 de Noviembre

Impto.Activid Económicas

Año 2023

15 Septiembre a 30 de Noviembre
2. TASAS

CONCEPTO

EJERCICIO ECONÓMICO

PLAZO COBRANZA

Tasa Basura

Año 2023

01 Marzo a 30 Abril

Vados

Año 2023

01 Mayo a 30 Junio

BOCM-20221228-113

Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1.o De reposición ante esta Alcaldía, con carácter previo al recurso contenciosoadministrativo, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación
de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2.o Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 14.2.ñ) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, y sin perjuicio de interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, se podrá ejercitar por los interesados cualquier otra acción que estimen procedente.
Villamanta, a 20 de diciembre de 2022.—El alcalde, Valentín Pereira Fresno.
(01/24.943/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791