Rozas de Puerto Real (BOCM-20221228-97)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
97

ROZAS DE PUERTO REAL
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20221228-97

Habiéndose aprobado por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real,
en sesión ordinaria celebrada el 7 de diciembre de 2022, las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir 9 plazas
de personal laboral para el Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real, mediante sistema de
concurso y concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de
veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”.
Las bases reguladoras se encuentran publicadas íntegramente en la página web del
Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real:
https://www.rozasdepuertoreal.es/documents/empleo-publico
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la página web de este Ayuntamiento:
https://www.rozasdepuertoreal.es/documents/empleo-publico
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer,
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Rozas de Puerto Real, a 15 de diciembre de 2022.—El alcalde, Javier Vedia Abad.
(03/24.462/22)

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ISSN 1989-4791