D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221228-35)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pinto para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
55 páginas totales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

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2.4. Uso del tiempo, con el objetivo de tomar conciencia de la necesidad de
gestionar el mismo más allá de los criterios que establece el mercado
laboral, desmitificar la creencia consistente en que más tiempo de trabajo
implica una mayor productividad y dotar de herramientas y habilidades
para un uso más eficaz del tiempo, pudiendo adoptar alguna de estas
modalidades:
- Diseño y distribución de material divulgativo, folletos y otros materiales
publicitarios en relación con el uso del tiempo.
- Talleres de gestión del tiempo profesional, destinados a las personas
trabajadoras de las empresas de la Entidad Local, así como al propio
empresariado.
- Talleres de Gestión del Tiempo Personal, destinados a la población
adulta, con fin de tomar conciencia del uso racional del tiempo, poner
de relieve las diferencias existentes entre los usos del tiempo en función
del sexo, así como la necesidad de cambio de este aspecto y dotar de
herramientas y habilidades que faciliten un uso más eficaz del mismo.
El número mínimo necesario de personas para poner en marcha un taller
o sesión informativa será de diez.
El presupuesto en esta línea de actuación debe contener la siguiente categoría de costes:
x

Costes directos: Costes necesarios para el desarrollo de las actividades. Por
consiguiente, se incluirán en esta categoría de gastos costes de servicios
prestados por personal externo y contrataciones asociados a la ejecución de las
actividades, así como los gastos de personal propio cuando dicho personal
imparte directamente la actuación (charla y/o taller).
x Costes indirectos: Costes que, aunque no puedan vincularse directamente con
una actividad específica, son necesarios para su ejecución, entre otros, gastos de
personal propio de la entidad local que realicen funciones administrativas para
la planificación, coordinación, gestión y/o justificación de las actuaciones
realizadas en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en el
acceso al empleo. Respecto de estos costes, no será necesario aportar
justificación del gasto y pago.

BOCM-20221228-35

Los costes indirectos que se imputen en esta línea se harán en base a una tasa fija
que oscilará del 1% hasta el 25% de los costes directos subvencionables, conforme al
artículo 54 c) del reglamento (UE) nº 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 24 de junio de 2021 de disposiciones comunes. Este tipo fijo se ha de determinar
en la previsión presupuestaria referida en el punto V.b) del presente Anexo II, en
relación a los costes directos de los dos objetivos estratégicos contenidos en esta línea
de actuación y será de aplicación a lo realmente ejecutado en cada uno de los periodos
de justificación.