D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221228-34)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Parla para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

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plementario, a través del Punto Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género (en adelante, PMORVG) que ya viene funcionando.
b) El desarrollo de acciones de carácter preventivo, de sensibilización y coordinación
contra la violencia de género, en todas sus manifestaciones.
c) El desarrollo de acciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Segunda
Prestaciones y servicios
A) Programa contra la violencia de género
El Programa contra la violencia de género incluye la prestación de los servicios de
asistencia integral y multidisciplinar a las mujeres víctimas de violencia de género, a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, otras prestaciones y ayudas de carácter complementario y las acciones en materia de coordinación, sensibilización y prevención de la violencia de género, a través de la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional de la
Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, cuya finalidad es establecer unos servicios locales de atención integral a las víctimas de violencia de género, mediante una serie
de actuaciones coordinadas y con criterios de intervención unificados ante la violencia de
género, ofreciendo, desde el ámbito local, unos servicios profesionalizados en este área.
Se entenderá como víctima de violencia de género no sólo a la mujer que ha sufrido
agresiones físicas o psíquicas por quien sea su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad (y en el caso de las mujeres con discapacidad,
las agresiones sufridas por hombres de su entorno familiar e institucional), sino también a
los menores y otras personas dependientes de Ia mujer cuando se les agreda con ánimo de
causar perjuicio a aquella. Tienen además esta consideración, las agresiones y abusos sexuales contra la mujer, la mutilación genital femenina en cualquiera de sus manifestaciones, la inducción a una mujer a ejercer la prostitución, empleando violencia, intimidación
o engaño, o con abuso de la situación de inferioridad, de necesidad o vulnerabilidad de la
víctima, el acoso sexual en el ámbito laboral, las detenciones ilegales, amenazas y coacciones, así como el tráfico o favorecimiento de la inmigración clandestina de mujeres con fines de explotación sexual.
Podrán financiarse con cargo a este Programa los siguientes servicios y prestaciones,
con las especificaciones que se establecen en el Anexo I de este Convenio:
a) Funcionamiento del Punto Municipal del Observatorio Regional contra la Violencia de Género.
b) Otras prestaciones y ayudas de carácter complementario.
c) Actuaciones en materia de sensibilización y prevención de la violencia de género.

El Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
podrá incorporar la realización, en el ámbito municipal, de actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en los ámbitos relativos
al empleo, la salud, el deporte, la cultura y la creación y producción artística e intelectual,
en el acceso a la sociedad de la información, la participación social, así como otras actuaciones dirigidas fomentar el cambio cultural en materia de igualdad, la conciliación de la
vida personal, familiar y laboral y la aplicación de la transversalidad de género en la Administración Local.
Podrán financiarse con cargo a este Programa las siguientes actuaciones, con las especificaciones que se establecen en el Anexo II de este Convenio:
a) Actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.
b) Actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en materia
de salud y cultura y el acceso a la sociedad de la información.
c) Actuaciones en materia de participación social y de incorporación de la perspectiva de género a la Administración Local.

BOCM-20221228-34

B) Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres