D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221228-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

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g) Nombrar de entre su personal un Coordinador/a para la ejecución de todas las
actuaciones previstas en este Programa, comprometiéndose a comunicar
durante los dos primeros meses de cada año a la Dirección General de Igualdad,
la identidad del representante de la Entidad Local que ejerza las labores de
coordinación, que en todo caso deberá pertenecer a la Entidad Local, con
indicación de su categoría profesional, así como las variaciones que, en su caso,
se produzcan.
h) Emitir una Memoria Anual, que se presentará junto con la segunda justificación
de gastos y pagos, de acuerdo al modelo normalizado facilitado por la Dirección
General de Igualdad.
i) Emitir los informes requeridos por la Dirección General de Igualdad, en relación
con las actuaciones y desarrollo del Programa. Asimismo, y en el caso de las
actuaciones cofinanciadas por el FSE +, se facilitará información suficiente que
permita a la Comunidad de Madrid la obtención de indicadores de realización
y resultados previstos en el Anexo I del Reglamento (UE) 2021/1057 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se
establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE +) para justificar esta actuación en
el futuro Programa Operativo FSE + 2021-2027 de la Comunidad de Madrid.
j) Cumplir con las obligaciones de información y comunicación de las actividades
cofinanciadas por el FSE + en los Programas Operativos de la Comunidad de
Madrid, periodo de programación 2021-2027.
k) Difundir y dar publicidad de todas las actuaciones desarrolladas conjuntamente
entre la Entidad Local y la Consejería competente en materia de mujer, en el
marco de este Programa, así como de otras realizadas por la Consejería que
pudieran ser de interés para la población de la Entidad Local.
l) Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio
correspondientes a la Entidad Local, en los plazos señalados en el mismo.
m) Cualquier otra descrita a lo largo del Anexo de este Programa, incluidas todas
las actuaciones tendentes a facilitar el seguimiento técnico de su ejecución.

VI. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE
(DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD)

b)
c)

Coordinar y supervisar, mediante los mecanismos apropiados, el desarrollo
del presente Programa.
Facilitar los logotipos, soportes normalizados e instrucciones necesarios para
la ejecución del Programa.
Facilitar cuanta información sea necesaria para cumplir las obligaciones
derivadas de la cofinanciación del FSE+ de las actuaciones en materia de
promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y la
educación.

BOCM-20221228-33

a)