Becerril de la Sierra (BOCM-20221228-60)
Otros anuncios. Candidaturas juez de paz
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 361

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BECERRIL DE LA SIERRA
OTROS ANUNCIOS

Por la presente, se pone en conocimiento que mediante bando de Alcaldía, de fecha 15
de diciembre de 2022, de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, Reguladora del Poder Judicial (en adelante, LOPJ), así
como conforme a lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se convoca el puesto de juez de paz titular de este municipio por
concurso de méritos conforme a las bases reguladoras del procedimiento que se indican a
continuación:
Base 1.a

Requisitos de los aspirantes

Para participar en el procedimiento se requiere ser español, mayor de edad y no estar
incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, reguladora del Poder Judicial.
Forma y plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes de participación, conforme al modelo normalizado, se dirigirán al Pleno del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid) y se presentarán en el Registro electrónico de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas admitidas por el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de las solicitudes de participación será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La solicitud de participación deberá acompañarse de los siguientes documentos:
1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
2. Declaración responsable en la que se hagan constar los siguientes extremos por el
interesado:
a. Que actualmente no está procesado, ni inculpado, ni ha sido condenado por delito
doloso [salvo que haya resultado absuelto, se haya dictado auto de sobreseimiento o se haya obtenido la rehabilitación, respectivamente].
b. Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
c. Que no está impedido física o psíquicamente para la función judicial.
d. Que durante el desempeño de sus funciones va a residir en esta localidad, sin perjuicio de la autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid (artículo 17.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz).
e. Que no está incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad de las previstas
en el artículo 389 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, reguladora del Poder
Judicial para los miembros de la carrera judicial, a excepción del desempeño de
actividades profesionales o mercantiles, si se diera este último caso.
f. Que si finalmente es propuesto para ocupar el cargo de Juez de Paz titular del municipio de Becerril de la Sierra (Madrid), se compromete a aportar, dentro del plazo establecido en el requerimiento por esta Administración Pública, la documentación acreditativa, en su caso, de la aptitud para el citado puesto.
3. “Curriculum vitae”.
4. Documentación acreditativa de los méritos que deban ser objeto de valoración.
Tanto el modelo de solicitud, como la declaración responsable que debe acompañarse,
podrán descargarse de la página web municipal o bien recogerse en las oficinas de asistencia en materia de Registro de la Casa Consistorial durante el horario de atención al público.

BOCM-20221228-60

Base 2.a