Tres Cantos (BOCM-20221227-123)
Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles y ordenanza actividades culturales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
123

TRES CANTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, han quedado definitivamente adoptados los acuerdos del Pleno Ordinario
celebrado el 27 de octubre de 2022, relativos a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades culturales y de ocio. Contra dichos acuerdos puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia en el plazo de dos meses contados desde su publicación.
El texto de los citados acuerdos es el siguiente:
“63/2022.—Coordinación General de Alcaldía, Tres Cantos 2030, desarrollo económico, empleo, deportes, seguridad, movilidad y recursos humanos.—Propuesta del primer
teniente de alcalde relativa a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza
fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
(…)
Artículo 6.
(…)
4. Gozarán de una bonificación del 50 por 100 sobre la cuota íntegra del impuesto,
los sujetos pasivos que ostenten la condición de familia numerosa de categoría general.
(…)
7. Se aplicará una bonificación del 40 por 100 de la cuota íntegra del impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación, a aquellos inmuebles de naturaleza urbana de uso residencial en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para
autoconsumo…
(…)”

La presente ordenanza fiscal, cuya modificación ha sido aprobada por el Pleno ordinario de 27 de octubre de 2022, comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2023, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.
“64/2023.—Coordinación General de Alcaldía, Tres Cantos 2030, desarrollo económico, empleo, deportes, seguridad, movilidad y recursos humanos.—Propuesta del segundo teniente de alcalde relativa a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades culturales y
de ocio.
(…)
Artículo 4.o Bonificaciones.
(…)
7. Se establece una bonificación del 100 por 100 sobre el precio de las localidades
para la asistencia a espectáculos organizados por la Concejalía de Cultura en el Teatro del
Centro Cultural Adolfo Suárez, para los jóvenes entre 16 y 25 años (ambos incluidos), limitada al 10 por ciento del aforo. Para acogerse a esta bonificación las localidades deben
ser adquiridas con un mínimo de 7 días naturales de antelación a la fecha del espectáculo.
Asimismo, en el momento de la adquisición de las entradas, que se deberá realizar necesariamente de forma presencial en la taquilla del Teatro, se deberá acreditar la identidad mediante la presentación de documentación oficial.
(…)”

BOCM-20221227-123

DISPOSICIÓN FINAL