Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago (BOCM-20221227-98)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 758
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 308
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
98
GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2022, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al
no haberse presentado reclamaciones contra el mismo de aprobar el expediente de modificación de créditos y suplemento de créditos número 06/2022 con cargo a bajas de partidas
no comprometidas según el resumen siguiente:
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
CAPÍTULO
DENOMINACIÓN
IMPORTE
II
GASTOS CORRIENTES BIENES Y SERVICIOS
63.000,00 €
III
GASTOS FINANCIEROS
IV
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
2.000,00 €
15.000,00 €
TOTAL
80.000,00 €
El anterior importe queda financiado a cargo a bajas de partidas no comprometidas de
la siguiente forma:
CAPÍTULO
VI
DENOMINACIÓN
IMPORTE
INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS
80.000,00 €
TOTAL
80.000,00 €
Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra este acuerdo recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20221227-98
En Gargantilla, a 15 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.
(03/24.357/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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98
GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2022, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al
no haberse presentado reclamaciones contra el mismo de aprobar el expediente de modificación de créditos y suplemento de créditos número 06/2022 con cargo a bajas de partidas
no comprometidas según el resumen siguiente:
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
CAPÍTULO
DENOMINACIÓN
IMPORTE
II
GASTOS CORRIENTES BIENES Y SERVICIOS
63.000,00 €
III
GASTOS FINANCIEROS
IV
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
2.000,00 €
15.000,00 €
TOTAL
80.000,00 €
El anterior importe queda financiado a cargo a bajas de partidas no comprometidas de
la siguiente forma:
CAPÍTULO
VI
DENOMINACIÓN
IMPORTE
INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS
80.000,00 €
TOTAL
80.000,00 €
Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra este acuerdo recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid.
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En Gargantilla, a 15 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.
(03/24.357/22)
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