Cercedilla (BOCM-20221227-71)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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El procedimiento se desarrollará con arreglo a las siguientes fases, de carácter sucesivo:
Concurso: la fase de concurso, que será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.
Oposición: la fase de oposición, que no tendrá carácter eliminatorio, tendrá por objeto valorar los conocimientos prácticos-teóricos sobre la materia, así como la capacidad analítica de los aspirantes. En todo caso, versará sobre el contenido del Programa que se recoge como Anexo I a estas bases.

La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos. Con carácter general, serán méritos evaluables en esta fase los siguientes, de acuerdo con el baremo que se
indica:
9.1. Experiencia profesional (hasta un máximo de 24 puntos):
A) Servicios prestados en la plaza de oficial 1.a polivalente en el Ayuntamiento de Cercedilla objeto de estabilización de la presente convocatoria como personal laboral
temporal o funcionario interino, a razón de 0,65 puntos por cada mes de servicios
prestados en jornada completa (hasta un máximo de 24 puntos).
B) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cercedilla, como personal laboral temporal o funcionario interino, en puestos de trabajo del mismo grupo y que guarden
similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,25
puntos por cada mes de servicio en jornada completa (hasta un máximo de 10 puntos).
C) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo y que
guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,20 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa (hasta un máximo de 8 puntos).
D) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo y que guarden
similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,15
puntos por cada mes de servicio prestado en jornada completa (hasta un máximo
de 8 puntos).
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
En ningún caso se valorarán períodos de tiempo inferiores a un mes, aun cuando una
posible acumulación de estos períodos pudiera arrojar como resultado meses completos.
Se valorará la experiencia, únicamente, cuando se acrediten meses completos, y con
una jornada laboral completa. Las jornadas que no sean completas pero que sean iguales o
superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo, se realizarán proporcionalmente.
9.2. Formación (hasta un máximo de 14 puntos):
— Formación general (hasta un máximo de 6 puntos): serán objeto de valoración los
cursos relacionados con las siguientes materias: Prevención de Riesgos Laborales
y salud laboral y las acciones formativas relacionados con el puesto de trabajo
(construcción, mantenimiento, infraestructura, etc.).
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el nivel
superior o avanzado.
Solamente se valorará los cursos jornadas o seminarios de formación y perfeccionamiento y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otras Administraciones Públicas o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco de los Planes de Formación Continua en las Administraciones Públicas, cualquier otro financiado con fondos públicos y cursos especializados realizados por entidades públicas o privadas, de acuerdo con la siguiente escala según su duración, y siempre
que conste número de horas y con un mínimo de 20 horas.
d Cursos de 20 a 39 horas, 0,5 puntos por curso.
d Cursos de 40 a 99 horas, 0,75 puntos por curso.

BOCM-20221227-71

9. Desarrollo de la fase de concurso