Cercedilla (BOCM-20221227-71)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

aspirantes aprobados, los aspirantes propuestos aportarán en la Concejalía de Personal los
documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de
cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se
presente habrá de encontrarse en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido, o certificación académica que acredite haber realizado
y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Carnet de conducir B o B1.
e) Originales de los méritos alegados.
f) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría del empleado público en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
g) Declaración jurada de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones y tareas del puesto convocado.
Quienes, dentro del plazo indicado en las presente bases, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas, no podrán ser nombrados personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en
sus solicitudes de participación.
16. Contratación del personal laboral fijo
Concluido el proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, la persona
aspirante que lo hubiera superado en primer lugar y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos será contratado como personal laboral fijo previa resolución del señor alcalde-presidente o concejal-delegado que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación del destino adjudicado.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía-Presidencia resolverá la contratación.
El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado sin causa justificada, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
La contratación del aspirante que hubiesen superado el proceso selectivo en primer lugar se efectuará en el plazo máximo de un mes, desde la resolución del proceso. El aspirante a nombrar que tenga una relación laboral con el Ayuntamiento será convertido su contrato de temporal a fijos, sin necesidad de cese de la relación laboral.
17. Datos de carácter personal
La participación en cada proceso selectivo extraordinario implica el consentimiento
para que los datos personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Cercedilla y/o en la página web municipal, cuando así lo
requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.

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