Morata de Tajuña (BOCM-20221227-105)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
105

MORATA DE TAJUÑA
OFERTAS DE EMPLEO

Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2022, las bases específicas y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir cinco plazas de conserje edificios
públicos para el Ayuntamiento de Morata de Tajuña, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de
este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Se adjuntan los bases reguladores que regirán la convocatoria:
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE PROCESO
PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL (LEY 20/2021)
DEL AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA. CONSERJES EDIFICIOS
PÚBLICOS. PERSONAL LABORAL FIJO. CINCO (5) PLAZAS
1. Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la cobertura como personal laboral fijo de cinco plazas de la plantilla del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en proceso de estabilización de empleo temporal.
2. Régimen aplicable
La convocatoria se regirá por las bases generales que regulan el proceso para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Morata de Tajuña (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 255, de 26 de octubre de 2022).
3. Titulación
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso al subgrupo Agrupación Profesional,
no cabe exigencia de titulación.
4. Méritos valorables en el concurso de méritos

A) Experiencia profesional: se valorará hasta un máximo de 6 puntos.
A.1. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Morata de Tajuña en la categoría de conserje de edificios públicos se valorarán a razón de 0,25 puntos por cada mes de
servicio en jornada completa.
A.2. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en la categoría de
conserje de edificios públicos se valorarán a razón de 0,10 puntos por cada mes de servicio
en jornada completa. Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o alguno de los apartados anteriores. A efectos del cómputo de la experiencia, se entenderá por mes completo, períodos de 30 días a jornada completa. La experiencia profesional se acreditará mediante certificado de vida laboral actualizado expedido
por la Tesorería General de la Seguridad Social y certificación expedida por el órgano competente de la Administración respectiva en la que se indique el puesto de trabajo, subgrupo
desempeñado, tipo de jornada, tiempo en que lo ha ocupado expresado en años y meses
completos y la relación jurídica que se ha mantenido. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Tampoco se computarán los servicios realizados mediante contratos para personal
eventual, de servicios sujetos a la legislación de contratos del sector público, en régimen de

BOCM-20221227-105

La puntuación de todos los méritos será de 10 puntos. La calificación final será la suma
de los puntos obtenidos en la fase de concurso.