Villanueva del Pardillo (BOCM-20221227-132)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

Octava. Méritos evaluables
8.1. Justificación de los méritos.
Los méritos que esta Administración ha dispuesto en estas bases tienen en cuenta el tipo
de plaza de que se trata, las tareas a atender y, especialmente, la finalidad excepcional de este
sistema, cual es estabilizar plazas teniendo muy en consideración la antigüedad de las personas interinas de larga duración (con independencia de su régimen jurídico). De ahí el peso
específico de la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y, más en concreto, en el Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
8.2. Méritos.
La valoración máxima a otorgar en el concurso de méritos será de 100 puntos, correspondiendo, como máximo, 80 puntos a la experiencia profesional y 20 puntos a méritos académicos y formación.
8.2.1. Experiencia profesional.
Se valorará con un máximo de 80 puntos, según el siguiente baremo:
— 8.2.1.A) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como
funcionario interino o laboral temporal, en la Institución convocante, se asignarán
0,50 puntos por mes, hasta un máximo de 80 puntos.
— 8.2.1.B) Por la experiencia profesional en una plaza de idéntica categoría a la de
objeto de la presente convocatoria como funcionario interino o laboral temporal
en otras Entidades Locales, se asignarán 0,35 puntos por mes, hasta un máximo de
70 puntos.
— 8.2.1.C) Por la experiencia profesional en una plaza de idéntica categoría a la de
objeto de la presente convocatoria como funcionario interino o laboral temporal
en otras Administraciones Públicas y Entidades del Sector Público, se asignarán
0,30 puntos por mes, hasta un máximo de 60 puntos.
— 8.2.1.D) Por la experiencia profesional en otra plaza en la Institución convocante,
como funcionario interino o laboral temporal, se asignarán 0,20 puntos por mes,
hasta un máximo de 40 puntos.
— 8.2.1.E) Por la experiencia profesional en otra plaza, en otras Administraciones
Públicas y resto del Sector Público, distintos a la Institución convocante, como
personal funcionario interino o laboral temporal, se asignarán 0,15 puntos por
mes, hasta un máximo de 20 puntos.
— 8.2.1.F) Por la experiencia profesional en una plaza de idéntica categoría a la de
objeto de la presente convocatoria como funcionario de carrera o laboral fijo en
misma plaza de cualquier Administración Pública y resto del Sector Público, distintos de la Institución convocante, se asignarán 0,10 puntos por mes, hasta un
máximo de 10 puntos.
— 8.2.1.G) Por la experiencia profesional en la misma categoría, en el sector privado,
ya sea como personal contratado o como autónomo, se asignarán 0,25 puntos por
mes, hasta un máximo de 30 puntos.
8.2.2. Méritos académicos.
Se valorará con un máximo de 20 puntos, según el siguiente baremo:
8.2.2.A) Cursos de formación y perfeccionamiento:
Los cursos de formación se valorarán a razón de:
— De 15 a 25 horas: 1 punto por curso realizado.
— De 26 a 50 horas: 1,50 puntos por curso realizado.
— De 51 a 75 horas: 2 puntos por curso realizado.
— De 76 a 100 horas: 2,50 puntos por curso realizado.
— Más de 100 horas: 3 puntos por curso realizado.
8.2.2.B) Titulaciones Académicas:
Se valorarán con 5 puntos cada una de las titulaciones académicas oficiales
iguales o superiores, y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

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