Cercedilla (BOCM-20221227-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

bunal haya propuesto la contratación de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de
los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se
deduzca que no cumple los requisitos exigidos, antes de su contratación o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible contratación.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su
cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de
las bases de la convocatoria.
15. Presentación de documentos de las personas que han superado el proceso selectivo
Una vez concluido el proceso selectivo extraordinario, y en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación definitiva de
aspirantes aprobados, los aspirantes propuestos aportarán en la Concejalía de Personal el siguiente documento:
a) Original del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de
cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se
presente habrá de encontrarse en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido, o certificación académica que acredite haber realizado
y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Originales de los méritos alegados.
e) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría del empleado público en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
f) Declaración jurada de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones y tareas del puesto convocado.
Quienes, dentro del plazo indicado en las presente bases, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas, no podrán ser nombrados personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en
sus solicitudes de participación.
16. Adjudicación de destinos
En la adjudicación de los puestos de trabajo tendrá preferencia a optar al puesto que
desempeñaba con carácter previo al proceso selectivo el personal laboral que lo ocupaba en
caso de que obtengan plaza. En cualquier otro caso los destinos se adjudicarán de acuerdo
con las peticiones de los interesados según el orden obtenido en el proceso selectivo.
17. Contratación de personal laboral fijo
Concluido el proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, las personas
aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos,
serán contratados como personal laboral fijo previa resolución del Sr. Alcalde-Presidente o

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