Cercedilla (BOCM-20221227-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

9. Desarrollo de la fase de concurso
La fase de concurso, consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente
acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 100 puntos. Con carácter general
serán méritos evaluables en esta fase los siguientes, de acuerdo con el baremo que se indica:
9.1. Experiencia profesional (hasta un máximo de 60 puntos):
A) Servicios prestados en la plaza de Técnico/a de Gestión del Ayuntamiento Cercedilla objeto de estabilización de la presente convocatoria como personal laboral
temporal o funcionario interino, a razón de 0,50 puntos por cada mes de servicios
prestados en jornada completa.
B) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cercedilla, como personal laboral temporal, como Técnico/a de Gestión en puesto diferente a la plaza objeto de estabilización como personal laboral temporal o funcionario interino, a razón de 0,25 puntos por cada mes de servicio en jornada completa.
C) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo de
clasificación y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,12 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa.
D) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como personal laboral
temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo de clasificación y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,10 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada
completa.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
En ningún caso se valorarán períodos de tiempo inferiores a un mes, aun cuando una
posible acumulación de estos períodos pudiera arrojar como resultado meses completos.
Se valorará la experiencia, únicamente, cuando se acrediten meses completos, y con
una jornada laboral completa. Las jornadas que no sean completas pero que sean iguales o
superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo, se realizarán proporcionalmente.
9.2. Formación (hasta un máximo de 40 puntos).
Formación general: (hasta un máximo de 10 puntos).
Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán acciones formativas, titulación de formación profesional, universitarias y titulaciones de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones generales propias del puesto convocado, impartidos por Centros
Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de Formación
continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien
por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma.
Las materias puntuables son: cursos relacionados con la administración electrónica, legislación municipal, recaudación municipal, contencioso administrativo, protección de datos, revisión de actos en la vía administrativa.
Se atenderá a la duración, contenido y dificultad de la formación, al centro de impartición de la misma y al tipo de certificación o titulación expedida, valorándose del siguiente modo:
— Cursos de 1 a 10 horas, 0,5 puntos por curso.
— Cursos de 11 a 20 horas, 1 puntos por curso.
— Cursos de 21 a 30 horas, 1,5 puntos por curso.
— Cursos de 31 a 50 horas, 2 puntos por curso.
— Cursos de más de 51 horas, 5 puntos por curso.

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