Cercedilla (BOCM-20221227-81)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

— Atención e información al público sobre localización de personas, lugares y otros
aspectos relacionados con el centro. Atención al teléfono.
— Atención al personal del centro y órganos de dirección de los centros.
— Realización de copias, clichés o fotocopias manejando máquinas sencillas de reprografía, multicopistas o fotocopiadoras.
— Detectar averías y/o pequeños desperfectos de los edificios y proceder a su reparación cuando no se requieran conocimientos especializados (Tales como: Reposición de lámparas y cebadores, fusibles, arreglo de cisternas, grifos, persianas, cerraduras, pomos.). En caso de requerirse conocimientos especializados, proceder
a comunicar al capataz los desperfectos y averías existentes, mediante los procedimientos que se habiliten al efecto.
— Colaborar en el buen estado del centro.
— Dar informes de las deficiencias y averías detectadas.
— Realizará otros trabajos de conserjería, tales como anotación de direcciones en sobres, ensobrado, archivo, recogida y reparto de impresos y preparación de listas.
— Control de acceso a los espectáculos públicos que se realicen en el edificio en que
presten su servicio, mediante la recogida de entradas. Control del aforo de las instalaciones del centro.
— Desarrollar otras tareas afines a la categoría del puesto de trabajo para las cuales
haya sido previamente formado.
Esta lista de tareas es meramente enunciativa y no limitativa, pudiendo serle encomendada cualquier otra tarea propia de su categoría y para la cual haya sido previamente instruido.
Procedimiento de selección.—El proceso selectivo se realizará a través del sistema de
concurso de méritos de conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público y de conformidad con los siguientes criterios:
La operatividad de los puestos de trabajo, y al objeto de contribuir a la agilización del
funcionamiento de los servicios y evitar paralizaciones indebidas en el desarrollo de su actividad, lo que afectaría globalmente al desarrollo funcional de esta Corporación, se exige
su desempeño por personal que acredite una formación y experiencia ya adquirida.
2. Normas generales
La convocatoria de la plaza se regirá por las presentes bases, y en lo no regulado en las
mismas, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de
las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); La Ley 20/2021
del 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso (RGI); Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de
Madrid; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (LRJSP); y resto de normativa que resulte de aplicación.

Para la admisión al procedimiento extraordinario convocado será necesario reunir, en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, las siguientes condiciones:
— Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de
otros Estados.
— Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
— Titulación: No se exige titulación mínima (Disposición adicional 6ª EBEP).
— Estar en posesión del carnet de conducir B o B1.
— Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucio-

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3. Requisitos de los aspirantes