Alcorcón (BOCM-20221227-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 30 minutos. Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima
de 30 puntos.
El Tribunal hará pública en la página web la calificación del ejercicio.
B) Fase de concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La puntación máxima que podrá
obtenerse será de 40 puntos.
B.1. Baremo:
B.1.1. Experiencia profesional: la suma conjunta de este apartado tendrá un máximo
de 36 puntos. No se podrá puntuar acumulativamente el desempeño en el mismo período de tiempo.
a) Experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo de Auxiliar
Administrativo/a en el Ayuntamiento de Alcorcón, a razón de 0,40 puntos
por mes completo trabajado hasta un máximo de 30 puntos.
b) Experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo de Auxiliar
Administrativo/a en Administraciones Locales de más de 150.000 habitantes, a razón de 0,15 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4 puntos.
c) Experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo de Auxiliar
Administrativo/a en otras Administraciones Públicas a razón de 0,075 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 2 puntos.
En caso de que la experiencia sea a tiempo parcial, la puntuación por mes se
computará de forma proporcional.
B.1.2. Formación: en este apartado se puntuarán los cursos relacionados con el puesto de trabajo. Se otorgarán 0,015 puntos hasta un máximo de 4 puntos por hora
formativa acreditada y relacionada con el puesto de trabajo convocado siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre del aspirante, fecha de expedición y duración del mismo.
b) Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos
igual o superior a 20 horas.
c) En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa que figura en la documentación acreditativa no permita identificar
nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, el interesado
deberá aportar el programa formativo.
d) Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación
Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de
formación con las Administraciones Públicas.
e) Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de Riesgos
Laborales se puntuarán hasta un máximo de 0,50 puntos.
C) Procedimiento de valoración:
Con todos aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, el Tribunal elaborará una relación que contendrá la nota conseguida en la fase de oposición, la nota que el
aspirante haya declarado en la ficha auto-evaluativa de méritos de su solicitud, así como la
puntuación total, considerando ésta como la suma de ambas notas.
Esta relación se ordenará de mayor a menor según la puntuación total y el Tribunal
procederá, según lo establecido en el apartado octavo de las Bases Comunes, a comprobar
las puntuaciones del concurso para los aspirantes que tengan una mayor puntuación total y
que pudieran estar en disposición de obtener plaza.
El Tribunal elaborará un listado provisional, ordenado de mayor a menor, con las puntuaciones totales de aquellos aspirantes cuyas notas de la fase de concurso hayan sido comprobadas. Este listado contendrá, además, de forma diferenciada, las puntuaciones totales
para aquellos aspirantes para los que no se haya comprobado dicha nota.
Para los desempates en la puntuación total de los aspirantes comprobados, se estará a
lo dispuesto en el apartado 10.3 de las Bases Comunes.

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