B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-2)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
•
•
B.O.C.M. Núm. 308
En caso de que la Unidad didáctica/Situación de aprendizaje no se presente
conforme a los requisitos de forma establecidos en esta Resolución: hasta 5 puntos.
En los casos en que alguna persona impida garantizar que el procedimiento selectivo
se realice conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad o distorsione el
normal desarrollo del mismo, el Tribunal podrá determinar su expulsión sin que le
asista el derecho a la devolución de tasas.
B)
ACTUACIONES ANTE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN Y TRIBUNALES
ÚNICOS
Las Comisiones de Selección de las diferentes especialidades se coordinarán y establecerán
los criterios comunes de actuación aplicables a las pruebas de la fase de oposición.
Cada Comisión de Selección o Tribunal único, en el ámbito de su especialidad, tendrán las
competencias previstas en la Resolución de convocatoria.
Criterios de desempate.
Una vez aplicados los criterios anteriores, si persistiera el empate, la Comisión de Selección,
o en su caso, el Tribunal único, establecerán un último criterio de desempate, consistente
en la realización de una prueba con cinco cuestiones relacionadas con el temario de la
especialidad correspondiente. Los aspirantes afectados por el empate serán citados con una
antelación mínima de cuarenta y ocho horas, mediante publicaciones en los tablones de
anuncios de las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de Información y Atención al
Ciudadano de esta Consejería (calle General Díaz Porlier, 35), en las oficinas de Atención
al Ciudadano (calle Gran Vía, 3 y plaza de Chamberí, 8), en el portal
www.comunidad.madrid, dentro del apartado “Administración electrónica: Punto de acceso
general” escribiendo en el texto del buscador: “oposiciones secundaria 2022”. También se
podrá acceder, a efectos meramente informativos, a través del portal “personal +educación”,
siguiendo la siguiente secuencia: www.madrid.org/edu_rrhh, “Funcionarios Docentes”,
“Procesos selectivos”, “Estabilización”, “Concurso oposición de estabilización Secundaria y
RE”, y a través del tablón electrónico de los Tribunales.
Cuando las Comisiones de Selección o, en su caso, el Tribunal único, procedan a determinar
BOCM-20221227-2
En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates,
éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios para los aspirantes
que concurran por el procedimiento de ingreso libre y reserva de discapacitados:
1) Mayor puntuación en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la oposición, por el orden
en que éstos aparecen en la convocatoria.
3) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en
que éstos aparecen en la convocatoria.
4) Mayor puntuación en los subapartados del baremo, por el orden en que éstos
aparecen en la convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
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B.O.C.M. Núm. 308
En caso de que la Unidad didáctica/Situación de aprendizaje no se presente
conforme a los requisitos de forma establecidos en esta Resolución: hasta 5 puntos.
En los casos en que alguna persona impida garantizar que el procedimiento selectivo
se realice conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad o distorsione el
normal desarrollo del mismo, el Tribunal podrá determinar su expulsión sin que le
asista el derecho a la devolución de tasas.
B)
ACTUACIONES ANTE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN Y TRIBUNALES
ÚNICOS
Las Comisiones de Selección de las diferentes especialidades se coordinarán y establecerán
los criterios comunes de actuación aplicables a las pruebas de la fase de oposición.
Cada Comisión de Selección o Tribunal único, en el ámbito de su especialidad, tendrán las
competencias previstas en la Resolución de convocatoria.
Criterios de desempate.
Una vez aplicados los criterios anteriores, si persistiera el empate, la Comisión de Selección,
o en su caso, el Tribunal único, establecerán un último criterio de desempate, consistente
en la realización de una prueba con cinco cuestiones relacionadas con el temario de la
especialidad correspondiente. Los aspirantes afectados por el empate serán citados con una
antelación mínima de cuarenta y ocho horas, mediante publicaciones en los tablones de
anuncios de las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de Información y Atención al
Ciudadano de esta Consejería (calle General Díaz Porlier, 35), en las oficinas de Atención
al Ciudadano (calle Gran Vía, 3 y plaza de Chamberí, 8), en el portal
www.comunidad.madrid, dentro del apartado “Administración electrónica: Punto de acceso
general” escribiendo en el texto del buscador: “oposiciones secundaria 2022”. También se
podrá acceder, a efectos meramente informativos, a través del portal “personal +educación”,
siguiendo la siguiente secuencia: www.madrid.org/edu_rrhh, “Funcionarios Docentes”,
“Procesos selectivos”, “Estabilización”, “Concurso oposición de estabilización Secundaria y
RE”, y a través del tablón electrónico de los Tribunales.
Cuando las Comisiones de Selección o, en su caso, el Tribunal único, procedan a determinar
BOCM-20221227-2
En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates,
éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios para los aspirantes
que concurran por el procedimiento de ingreso libre y reserva de discapacitados:
1) Mayor puntuación en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la oposición, por el orden
en que éstos aparecen en la convocatoria.
3) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en
que éstos aparecen en la convocatoria.
4) Mayor puntuación en los subapartados del baremo, por el orden en que éstos
aparecen en la convocatoria.